Boletines/Mercedes

Decreto Nº948/2021

Decreto Nº 948/2021

Mercedes, 22/07/2021

Visto

Lo actuado en el Expediente administrativo N°1519/2021, mediante el cual se llamó a Licitación Pública N°11/2021 para la contratación de “Mano de obra, materiales y equipos para la construcción de Centro de Zoonosis y Bromatología”, y;

Considerando

Que cumplidos 2 (dos) llamados a licitación para la ejecución de la obra de referencia, se obtuvo como resultado una única oferta válida presentada por el proveedor ANK CONSTRUCCIONES S.R.L.

Que en virtud del estudio de antecedentes y evaluados los dictámenes técnico, legal y contable; resulta conveniente adjudicarla a la propuesta presentada fundamentando la conveniencia económica de los valores ofertados.

Que la obra pública de referencia no cuenta a la fecha con crédito presupuestario, según Ordenanza N° 8449/2020.

Que la misma contará con financiamiento nacional, según convenio suscripto con el MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en el marco de la asistencia con Fondo de Infraestructura Municipal, del cual obra copia en folios 366/372.

Que por razones administrativas, económicas y de oportunidad aconsejan dictar con celeridad el acto administrativo de adjudicación, que permita su concreción.

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Adjudícase la ejecución de la obra pública “MANO DE OBRA, EQUIPOS Y  MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CENTRO DE ZOONOSIS Y BROMATOLOGIA”, a la firma ANK CONSTRUCCIONES S.R.L., la que ha presentado la oferta que resulta más conveniente para el erario municipal, que asciende a la suma de Pesos ONCE MILLONES QUINIENTOS MIL DOSCIENTOS OCHO CON TREINTA CENTAVOS ($11.500.208,30), como medida de excepción, dado que no cuenta con crédito aprobado en Presupuesto de Gastos del Tesoro Municipal.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase al área competente para que -a medida que vayan ingresando las remesas de transferencia de fondos a nuestra Tesorería-, acorde lo estipulado en el convenio firmado, practique las operaciones contables de recupero (re-imputaciones).

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, y cumplido, archívese.