Boletines/Mercedes
Decreto Nº 882/2021
Mercedes, 06/07/2021
Visto
La necesidad de regularizar el dominio de las tierras del Partido de Mercedes por lo que se ha conformado expediente N° 4075-402 del año 2019 caratulado “Corrado José María – Ley 24.374 Pierri”, y;
Considerando
Que la Municipalidad de Mercedes (B) celebró con los poseedores del inmueble, aprobado por plano 71 – 96 – 1957 un Convenio de Cesión y Transferencia de Derechos Posesorios con Cargo para la Regularización Dominial de Tierra el 30 de abril de 2015;
Que a los efectos de dar suficiente publicidad de lo acordado se publicaron edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, el día 21 de agosto de 1997, sin resultar oposición alguna. Siendo que con todas las actuaciones y por anexión de posesiones, se logra contar con un ejercicio de la posesión pacífica por más de 20 años del inmueble identificado de la siguiente manera, a saber: Nomenclatura Catastral: Circ. II, Secc. B, Chacra 90, Mz. 90 K, Parcela 17, Partida Inmobiliaria Nº 23498; haciendo fe de lo expuesto a través de la documental acompañada por la parte cedente, que acredita la posesión transmitida;
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias;
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Declárase operada la prescripción adquisitiva sobre el lote designado según el plano de mensura N° 71 – 96 - 1957 cuyos datos catastrales surgen en tal plano aprobado por la Dirección de Geodesia, a saber: Partida Inmobiliaria Nº 23498 Nomenclatura Catastral: Circ. II, Secc. B, Chacra 90, Mz. 90 K, Parcela 17, con las siguientes medidas: al NO 10 metros lindando con calle, al N 30 metros linderos con parcela 18, al E 10 metros linderos con Parcela 13 y al S 30 metros linderos con Parcelas 14, 15 y 16;
ARTICULO 2°: Requiérase la intervención de Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines de la registración a favor de la Municipalidad de Mercedes, y la cancelación de las actuales inscripciones que constan: (Partida Inmobiliaria N° 23498 Nomenclatura Catastral: Circ. II, Secc. B, Chacra 90, Mz. 90 K, Parcela 17) Matrícula 2230.
ARTICULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Hacienda de esta Municipalidad.-
ARTICULO 4°: Comuníquese, publíquese, regístrese en el Libro de Decretos, pase a Escribanía General de Gobierno y Catastro a sus efectos, cúmplase y oportunamente archívese