Boletines/Mercedes
Decreto Nº 847/2021
Mercedes, 05/07/2021
Visto
Lo actuado en el Expediente administrativo N°2213/2021, mediante el cual se llamó a Licitación Pública N°25/2021 (Decreto N°608/2021) para la contratación de “Mano de obra y materiales para la construcción de dos pozos de explotación acuífera a la capa puelche y red de distribución en Consorcio Urbanístico I”, y
Considerando
Que de las 2 (dos) ofertas válidas presentadas, en virtud del estudio de antecedentes de cada una y evaluados los dictámenes técnico, legal y contable; resulta conveniente adjudicarla al proveedor Aguas Corletti S.R.L., quien ha efectuado la cotización que resulta más equitativa para los intereses municipales (art. 185° y subsiguientes del Reglamento de Contabilidad).
Que la obra pública de referencia no cuenta a la fecha con crédito presupuestario, según Ordenanza N° 8449/2020.
Que la misma contará con financiamiento nacional, según convenio suscripto con la SUBSECRETARIA DE POLÍTICA DE SUELO Y URBANISMO del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, en el marco del Plan Nacional de Suelo Urbano, del cual obra copia en folios 562/579.
Que por razones administrativas, económicas y de oportunidad aconsejan dictar con celeridad el acto administrativo de adjudicación, que permita su concreción.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Adjudícase la ejecución de la obra pública “MANO DE OBRA Y MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE DOS POZOS DE EXPLOTACIÓN ACUÍFERA A CAPA PUELCHE Y RED DE DISTRIBUCIÓN EN BARRIO CONSORCIO URBANÍSTICO I”, a la firma AGUAS CORLETTI S.R.L., la que ha presentado la oferta que resulta más conveniente para el erario municipal, que asciende a la suma de Pesos QUINCE MILLONES SEISCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($15.612.300,86), como medida de excepción, dado que no cuenta con crédito aprobado en Presupuesto de Gastos del Tesoro Municipal.
ARTÍCULO 2°.- Autorízase al área competente para que -a medida que vayan ingresando las remesas de transferencia de fondos a nuestra Tesorería-, acorde lo estipulado en el convenio suscripto, practique las operaciones contables de recupero (re-imputaciones).
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, y cumplido, archívese.