Boletines/Mercedes

Resolución Nº457/2021

Resolución Nº 457/2021

Mercedes, 28/07/2021

Visto

El expediente N° 6117 del año 2018 caratulado: “MORALES SONIA GRACIELA s/ PLAN DE VIVIENDA O TERRENO”, y:

Considerando

Que en virtud de procurar una eficiente gestión administrativa municipal, se realiza un cruzamiento de datos entre la Dirección de Tierras y la Secretaría de Desarrollo de la Comunidad, del que surge que la peticionante de autos se encuentra inscripta en el Programa de Mejora Habitacional.

Que por tal se notificó al domicilio denunciado por la peticionante en Declaración Jurada, notificándole en dos oportunidades que debía presentar descargo en el marco de la facultad de alegar otorgada por el artículo 56 de la Ordenanza General 267/80, atento lo informado desde la Secretaría de Desarrollo de la Comunidad.

Que en el descargo la peticionante declara que en ese momento la madre le cedía un terreno pero que luego se lo cedió a la hermana atento a que se quedó sin hogar; según consta en la Declaración Jurada a fs. 37 de autos;

Que se presentó la Trabajadora Social María Mercedes Gratini a realizar un informe Socio Económico Ambiental a los fines de confirmar el descargo realizado por la Sra. MORALES;

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1987, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Considerar válido el descargo formulado y declarar la continuidad de la Sra. MORALES Sonia Graciela con DNI 31.460.562 y del Sr. AGUIRRE Julio Alberto con DNI 33.694.379 en el Programa MI TERRENO, atento que no resuelven el problema habitacional.

Artículo 2°: Notifíquese con transcripción de los art.65 y 86 de la Ordenanza General 267/80. Publíquese en el Boletín Oficial, a cuyo fin pase a Secretaría de Gobierno.

Artículo 3°: Hágase las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes en caso estime corresponder (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).