Boletines/Mercedes
Resolución Nº 444/2021
Mercedes, 23/07/2021
Visto
El Expediente N° 4195 del año 2021 caratulado “LEGUIZAMON ANDREA s/ PROGRAMA “MI TERRENO”, y,
Considerando
Que según obra a fs. 1 de autos la Sra. LEGUIZAMON manifiesta que se encuentra radicada en el partido de Mercedes desde hace un año;
Que la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, fija como requisito en su artículo 19 inciso 6° “Que acrediten fehacientemente, más de cinco (5) años de residencia en el partido de Mercedes continuos e inmediatos”.-
Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1987/18, donde en su artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que
RESUELVO:
Artículo 1°: Denegar la solicitud de ingreso al Programa MI TERRENO a la Sra. LEGUIZAMON ANDREA con DNI 29.830.118, por incumplir con lo requerido en el artículo 19 de la Ordenanza Municipal N°7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…) 6.Que acrediten fehacientemente, más de cinco (5) años de residencia en el partido de Mercedes continuos e inmediatos”.-
Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art.65, 86 y 89 de la Ordenanza General N°267.-
Artículo 3°: Previo archivo, realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes si estima corresponder (Art.5° anexo Decreto 1405/18).