Boletines/Mercedes
Resolución Nº 435/2021
Mercedes, 20/07/2021
Visto
El Expediente N° 3733 del año 2021 caratulado “FERZZOLA YESSICA S/ PROGRAMA “MI TERRENO” quien solicita ingresar al Programa junto a su pareja CASARES, Gonzalo Ariel; y,
Considerando
Que en la Declaración Jurada constan dos domicilios en esta ciudad de Mercedes; pero presentan a Fs. 10-11 un contrato de alquiler a nombre de la Sra. Ferzzola de una vivienda ubicada en calle Jean Jaures 758, 2 A. CABA.
Que la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, fija como requisito en su artículo 19 inciso 6° “Que acrediten fehacientemente, más de cinco (5) años de residencia en el partido de Mercedes continuos e inmediatos”.
Que firmaron en conformidad que el falseamiento de la Declaración Jurada dará lugar a la descalificación directa;
Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1987/18, donde en su artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que
RESUELVO:
Artículo 1°: Denegar la solicitud de ingreso al Programa “MI TERRENO” a la Sra. FERZZOLA YESSICA MICAELA con DNI 37.914.294 y al Sr. CASERES GONZALO ARIEL con DNI 37.878.653, por falseamiento de la Declaración Jurada y por incumplir con lo requerido en el artículo 19 de la Ordenanza Municipal N°7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…) 6.Que acrediten fehacientemente, más de cinco (5) años de residencia en el partido de Mercedes continuos e inmediatos”.
Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art.65, 86 y 89 de la Ordenanza General N°267.
Artículo 3°: En caso que estime corresponder, hágase las modificaciones pertinentes.-