Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 1268/21
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 02/08/2021
ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por las agentes que seguidamente se detallan, en los cargos y establecimientos educacionales que se consignan, durante los periodos que en cada caso se indican:
ORIENTADOR SOCIAL (C.F. 9-31-99-05)
a) U.E. 08-02-2-1-1-02 – JARDIN DE INFANTES Nº 2 “Manuel Belgrano”
MAESTRO DE SECCION ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-21-99-01)
b) U.E. 08-02-2-1-1-09 – JARDIN DE INFANTES Nº 9
ARTÍCULO 2º.- Prorrogar la designación de las agentes que seguidamente se detallan, en los cargos y establecimientos educacionales que se consignan, durante los periodos que en cada caso se indican:
MAESTRO DE SECCION ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-21-99-01)
a) U.E. 08-02-2-1-1-05 – JARDIN DE INFANTES Nº 5 “Centenario”
MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01)
b) U.E. 08-02-2-1-2-16 – ESCUELA Nº 16
ARTÍCULO 3º.- Reconoce el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR FUNCIÓN DIFERENCIADA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- Reconocer y prorrogar el pago, a las agentes mencionadas en los Artículos 1º y 2º, durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Reconocer y prorrogar el pago, a las agentes mencionadas en los Artículos 1º y 2º, durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38º de la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6º.- Reconocer y prorrogar el pago, a las agentes mencionadas en los Artículos 1º Inc. b) y 2º Inc. a), durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- Reconocer y prorrogar el pago, a las agentes mencionadas en los Artículos 1º Inc. b) y 2º Inc. a), durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 8º.- Prorrogar el pago, a la agente mencionada en el Artículo 2º Inc. b), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 9º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático: 24-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para Davila: Programático 25-00-00 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 3 - para el Art. 4º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 14 - para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 3 - F.Fin. 1-3-1 - para el Art. 6º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 1 - para el Art. 7º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 8º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 5.
ARTÍCULO 10º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal.
p.m.
PUGLISI