Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 102-118
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 02/06/2021
RESOLUCIONES DE EMDER DESDE LA 102 DE FECHA 2/06 A LA 118 DE FECHA 30/6
Mar del Plata, 02 de junio de 2021
Visto, el expediente Nº 91/2021 Cpo. 01 y 02 por los que se tramitan la Licitación Privada Nº 2/2021 “Adquisición de productos químicos para mantenimiento del Natatorio A. Zorrilla y Polideportivos Barriales” y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución Nº 98/2021 se fijó como fecha de apertura del Segundo Llamado a Licitación de referencia el día 31 de mayo del corriente.
Que en el día y hora fijados en el acto administrativo precedentemente, se procedió a realizar la correspondiente Apertura de Ofertas conforme consta en el acta.
Que en dicho acto se constató la existencia de una única oferta correspondiente a la firma QUIMICA INDUSTRIAL KUBO S.A.
Que en el Acta de Apertura de fecha 31 de mayo del corriente constan las cotizaciones presentadas por el oferente.
Que con fecha 02 de junio del corriente surge el Acta de Estudio y Evaluación realizada por la Jefatura de Compras.
Que del análisis de la documentación presentada por la firma QUIMICA INDUSTRIAL KUBO S.A. se desprende que el oferente ha cumplimentado con lo solicitado por el artículo 8° del P.B.C., no encontrándose incurso en causales de rechazo resultando una oferta válida y admisible.
Que del Acta de Evaluación y Estudio de Oferta la Jefatura de Compras, junto con el asesoramiento del funcionario dependiente de la Dirección General de Infraestructura, recomienda adjudicar el Segundo llamado de la presente licitación a la firma QUIMICA INDUSTRIAL KUBO S. por un importe total de PESOS SIETE MIL SETECIENTOS VEINTE ($ 7.720) correspondiente a los siguientes ítems:.
ITEM |
DESCRIPCION |
UNIDAD DE MEDIDA |
CANTIDAD |
PRECIO UNITARIO |
PRECIO TOTAL |
8 |
KIT DE MEDICION DE PH Y CLORO LIBRE. |
CADA UNO |
6 |
$ 790.-
|
$ 4.740.- |
10 |
INDICADOR DE CLORO- ORTOTOLUIDINA X LITRO |
LITROS |
1 |
$ 2.980.- |
$ 2.980.- |
Que el monto total de la adjudicación representa un 15% aprox. inferior al presupuesto oficial establecido para los ítems licitados.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Adjudicar a la firma QUIMICA INDUSTRIAL KUBO S.A los siguientes ítems:
ITEM |
DESCRIPCION |
UNIDAD DE MEDIDA |
CANTIDAD |
PRECIO UNITARIO |
PRECIO TOTAL |
8 |
KIT DE MEDICION DE PH Y CLORO LIBRE. |
CADA UNO |
6 |
$ 790.-
|
$ 4.740.- |
10 |
INDICADOR DE CLORO- ORTOTOLUIDINA X LITRO |
LITROS |
1 |
$ 2.980.- |
$ 2.980.- |
La adjudicación total es de PESOS SIETE MIL SETECIENTOS VEINTE ($ 7.720) y se realiza en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 91/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 91/2021 Cpo. 01.
ARTÍCULO 2º: El egreso que demande lo dispuesto en el Artículo 1° deberán imputarse a las siguientes partidas: 01-13-00-2-5-1; 01-18-00-2-5-1; 01-15-00-2-5-1; 01-19-00-2-5-1; 01-13-00-2-5-1; 01-18-002-5-2; 01-15-00-2-5-2 y 01-19-00-2-5-2 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 3º: Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Jefatura de Compras y Contaduría.
REGISTRADA BAJO EL Nº 102/2021
Mar del Plata, 04 de junio de 2021.
VISTO Expedientes EMDER N° 071/2021 – Cpo. 01 y Nº 087/2021 –Cpo.01, por medio de los cuales se tramitan las autorizaciones de uso de escenarios administrados por el EMDER para las instituciones educativas de gestión pública de la ciudad, pertenecientes al ámbito provincial y municipal, respectivamente, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nro. 095/2021 se autorizó a las Escuelas de Educación Secundaria N° 70, 201, 31 y Nº 19 el uso gratuito de un espacio dentro del Polideportivo “LAS HERAS”, los días y horarios designados en su Anexo I, conforme lo indicado en informe de la Dirección General de Política Deportiva de fecha 13 de mayo de 2021, obrante a fs. 58de Expte. N° 071/2021 – Cpo 01.
Que por error involuntario se incluyó a la Escuela Educación Secundaria (E.M.E.S.) Municipal Nro. 201, entre las escuelas pertenecientes a la órbita del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, cuando se trata de institución de gestión municipal.
Que en consecuencia corresponde modificar el Artículo 1º de la Resolución precitada quitando al referido establecimiento dentro del grupo de aquellos que integran el ámbito provincial, e incluyéndolo en el expediente por el que tramitan las autorizaciones otorgadas a escuelas del ámbito municipal.
Que a la E.M.E.S. Nro. 201 se le ha autorizado el uso de espacios dentro del Polideportivo “Las Heras”, los días lunes de 12.30 a 13.30 hs. y de 13.20 a 14.30 hs. y los jueves de 15.00 a 16.00hs.
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios bajo su administración.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Modificar el Artículo 1º de la Resolución Nro. 0095/2021, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Autorizar a las Escuelas de Educación Secundaria N° 70, 31 y Nº 19 el uso gratuito de un espacio dentro del Polideportivo “LAS HERAS”, los días y horarios que como Anexo I forman parte integrante de la presente, de trámite por Expte. EMDER Nro. 071/2021, excluyendo del mismo a la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nro. 201”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Autorizar a la Escuela Municipal Superior de Educación Secundaria Nro. 201 el uso gratuito de un espacio dentro del Polideportivo “Las Heras” los días y horarios que se detallan a continuación, incorporándose a las actuaciones de trámite por Expediente Nro. 087/2021, Cpo.01:
Polideportivo “LAS HERAS”
INSTITUCIÓN |
DIA |
HORARIO |
GIMNASIO/SUM |
E.M.E.S. N° 201 |
LUNES |
12:30 a 13:30 hs |
GIMNASIO/SUM |
LUNES |
13:30 a 14:30 hs |
GIMNASIO /SUM |
|
JUEVES |
15:00 A 16:00 HS |
SUM |
ARTÍCULO 3º.- La autorización conferida por el Artículo precedente tiene carácter precario; quedando sujeta a cambios de horarios y/o espacios que pudiere disponer el EMDER.
ARTICULO 4º.- La autorización del Artículo 2° no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por la actividad a desarrollarse, durante la cual la Institución asumirá la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a personas o cosas. Quedará a exclusivo cargo de la Institución la adopción de las respectivas medidas de prevención por Covid-19, y el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios pertinentes.
ARTICULO 5º.- La Institución deberá presentar un listado de alumnos y docentes concurrentes, constancia de cobertura de seguros para la realización de la actividad y de emergencias médicas.
ARTICULO 6º.- Registrar y comunicar por la Dirección de Gestión, y a sus efectos intervengan la Dirección General de Política Deportiva y la Dirección del Polideportivo “Las Heras”.
REGISTRADA BAJO EL Nº 103/2021
Mar del Plata, 03 de junio de 2021.
VISTO la presentación efectuada mediante nota ingresada bajo el Nº 424 de fecha 01 de junio de 2021 y tramitada mediante Expediente Nº 108/2021 – Cpo , y
CONSIDERANDO:
Que la Universidad Atlántida Argentina manifiesta la intención y voluntad en concretar la firma de un Convenio Específico con el Organismo dentro del Convenio Marco de Cooperación entre la Municipalidad de General Pueyrredon y la Institución, convalidado mediante Ordenanza Nº 14732 promulgado el 25 de junio de 2002.
Que en virtud de ello se considera oportuno la celebración del mismo, permitiendo de esa manera la creación conjunta de programas y acciones vinculadas con las actividades deportivas, significando un gran aporte mediante la trasferencia de contenidos académicos, deportivos, culturales y sociales deportivas en pos del beneficio de toda la comunidad.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar la suscripción de un Convenio Específico con la Universidad Atlántida Argentina a los fines de establecer relaciones conjuntas de complementación y de cooperación académica, científica, tecnológica y cultural, de acuerdo a lo expuesto en el exordio de la presente
ARTICULO 2º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal, y a sus efectos intervengan Dirección de Gestión y la Dirección Gral. de Política Deportiva del EMDER
REGISTRADA BAJO EL Nº 104/2021
Mar del Plata, 09 de Junio de 2021
VISTO la presentación efectuada por la Mg. Melanie Markman, Decana de la Facultad Ciencias de la Educación, de la Universidad FASTA, mediante Nota Nº 431 registrada ante este organismo con fecha 04 de junio de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que en la misma se comunica la realización del 1º Congreso internacional en Ciencias de la Motricidad Humana, a realizarse los días 3 y 4 de julio, bajo la modalidad virtual, organizado por la Facultad de Ciencias De la Educación UFASTA y el Servicio Educativo del Club A. Quilmes.
Que dicho evento abordará académicamente temáticas que resultan de interés para toda la comunidad deportiva, referidas a la Educación Física, el Deporte, la Fisiología del Ejercicio, el Entrenamiento Deportivo y la Preparación Física, la Actividad Física y la Salud, la Nutrición, y la Gestión Deportiva.
Que el Congreso contará con la participación de más de 25 expositores de nivel local, nacional e internacional.
Que durante el año 2020, tanto la Universidad FASTA como el ISEF CAQ, brindaron capacitaciones de gran nivel que este año han confluido en la realización conjunta de este Congreso Internacional, que inicia un nuevo camino estableciendo a Mar del Plata como epicentro de una cita anual con vistas a la revisión y actualización de temáticas que hacen directamente a la Educación Física.
Que conforme a la situación sanitaria que reina en la ciudad, la modalidad elegida para llevar adelante esta capacitación es virtual, libre y gratuita, e invita a los participantes a colaborar en forma voluntaria con una contribución para el sostén de dos entidades: Centro CONIN Mar del Plata y la Fundación Scholas Ocurrentes.
Que el organizador se compromete a difundir y/o promocionar el EMDER, a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon y a la ciudad de Mar del Plata.
Que este Organismo considera oportuno brindar apoyo a eventos marplatenses de este tipo que contribuyen al deporte en su conjunto.
Que cuenta con el Vº bueno de la Directora General de Política Deportiva.
Que lo solicitado se enmarca en lo normado por el artículo 3º, Inc. b) y c) de la Ordenanza Nº 15120.
Por todo ello, y en uso de las atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- Declarar de Interés Deportivo el “1º Congreso Internacional en ciencias de la Motricidad Humana”, a realizarse los días 3 y 4 de julio por plataforma Youtube, organizado por la Facultad de Ciencias de la Educación UFASTA y el Servicio Educativo del Club A Quilmes, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º: El organizador se compromete a difundir y/o promocionar al EMDER, a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon y a la ciudad de Mar del Plata.
ARTICULO 3º: Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar, notificar a la entidad organizadora y a sus efectos intervenga la Dirección de Gestión, Dirección General de Política Deportiva a través de la División Deporte Federado del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL N° 105/2021
Mar del Plata, 11 de junio de 2021.
VISTO el expediente Nº 103/2021 Cpo 01, a través del cual se tramita la Licitación Privada Nº 3/2021 para la adquisición de quemadores de gas natural para su reemplazo – Natatorio “Alberto Zorrilla”, y
CONSIDERANDO
Que el Pliego de Bases y Condiciones se ajusta a las disposiciones legales vigentes, y a lo requerido en el presente expediente.
Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente al gasto objeto de la Licitación Privada.
Que debe fijarse la fecha de apertura de Ofertas y designar la Comisión de Apertura y Evaluación de Ofertas.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º. Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones que obra de fjs. 81-102 de los presentes actuados correspondiente a la Licitación Privada Nº 3/2021 para la adquisición de quemadores de gas natural para su reemplazo – Natatorio “Alberto Zorrilla”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º. Fijar el día 22 de junio de 2021 a las 11:00 horas como fecha de Apertura de Propuestas, la que se llevará a cabo en la Jefatura de Compras del EMDeR, sito en la calle De los Jubilados s/n – Complejo Natatorio de esta ciudad.
ARTICULO 3º. Designar para integrar la Comisión de Apertura y Evaluación de Ofertas dependientes de las siguientes áreas: un (1) agente de Contaduría del EMDeR; un (1) agente de la Dirección de Gestión del EMDeR, (1) agente de Compras del EMDeR y Un (1) agente de la Dirección General de Infraestructura del EMDeR.
ARTICULO 4º. Imputar la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 51/100 ($ 3.639.744,51.-) a la siguiente partida: 01.13.00.4.3.8.0 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 6º. Registrar, comunicar, dar al Boletín Oficial y a sus efectos intervengan la Jefatura de Compras, Contaduría, y Tesorería.
REGISTRADA BAJO EL Nº 106/2021
Mar del Plata,17 de junio de 2021.
VISTO el expediente Nº 326/2019 Cpo. 01, por el cual se tramitaron las actuaciones relacionadas con el Concurso de Precios Nº 28/2019 “Servicio de Asistencia Técnica Rafam y demás sistemas del Ente”, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 001/2020 se fijó la fecha de apertura del Segundo llamado al Concurso de referencia el día 09 de enero de 2020.
Que mediante Resolución Nº 009/2020 de fecha 13 de enero de 2020 la firma GRID IT SEVEN S.A ha sido adjudicada para prestar el servicio de Soporte Sistema Rafam y demás sistemas del Ente por un monto mensual de PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS QUINCE ($44.615) y un monto total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA ($535.380).
Que de acuerdo al Artículo 13º del Pliego de Bases y Condiciones, el oferente debe constituir la Garantía de Adjudicación equivalente al 10% del monto adjudicado.
Que mediante Recibo Nº 901/2020 de la Tesorería del Ente (fs. 115) la firma GRID IT SEVEN S.A constituye el importe de la garantía de Adjudicación en efectivo por un monto de Pesos Cincuenta y tres mil quinientos treinta y ocho ($53.538).
Que con fecha 07 de junio de 2021 la adjudicataria solicita la devolución de la mencionada Garantía.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias.
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Tesorería del EMDeR a la devolución de la Garantía de Adjudicación constituida por la firma GRID IT SEVEN S.A en efectivo por un monto total de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO ($53.538) - Recibo Nº 901/2020, correspondiente al Concurso de Precios Nº 28/2019 “Servicio de Asistencia Técnica RAFAM y demás sistemas del Ente”, en mérito a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Jefatura de Compras y Contaduría del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 107/2021
Mar del Plata, 18 de junio de 2021.
VISTO el expediente Nº 107/2021 Cpo. 01 y 02 por el que se tramita el Concurso de Precios Nº 5/2021 “Adquisición de pintura para distintos escenarios del Ente”, y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución Nº 99/2021 se fijó como fecha de apertura del Concurso de referencia el día 03 de junio de 2021.
Que del acta de apertura, se desprende la existencia de cinco ofertas pertenecientes a las firmas IACONO HIJO S.A, MAXIMUS SRL, INGACOT COMERCIAL SA, PRESTIGIO SA, y EPSAI SA. ( fs. 267/296).
Que en la misma acta de apertura constan las cotizaciones presentadas por todas las firmas.
Que la Jefatura de Compras procede al análisis de la documentación presentada por los oferentes de la cual surge lo siguiente:
Que del primer análisis de las ofertas económicas, la Jefatura de Compras detecta que en las cotizaciones presentadas por las firmas MAXIMUS SRL, INGACOT COMERCIAL SA, y EPSAI SA. existen productos iguales con costos diferentes, por lo que se hace necesario solicitarles a cada uno de los oferentes antes mencionados aclaración sobre dicha situación antes de realizar la correspondiente comparación de ofertas ( fs.305).
Que con fecha 10 de junio de 2021 la Jefatura de Compras envía cédulas de notificación a las firmas MAXIMUS SRL, INGACOT COMERCIAL SA, y EPSAI SA solicitando aclaración sobre algunas cotizaciones presentadas ( fs. 306/307).
Que a fs. 314/322 obra la documentación presentada por la firma MAXIMUS SRL.con las aclaraciones solicitadas.
Que a fs. 323/327 consta la documentación solicitada a la firma EPSAI S.A. con las aclaraciones requeridas.
Que a fs. 328/333 obra la documentación presentada por la firma INGACOT COMERCIAL SA con las aclaraciones solicitadas.
Que a fs.334 obra informe realizado por el Director General de Infraestructura en el cual se recomienda la adjudicación de los distintos productos de acuerdo a la calidad y uso de los mismos.
Que la Jefatura de Compras realiza la correspondiente comparativa de precios de los distintos ítems, obrando el acta de evaluación de ofertas a fs. 335/339.
Que teniendo en cuenta las alternativas de adjudicación recomendadas por la Jefatura de Compras a fs. 339 y en virtud del informe elaborado por la Dirección General de Infraestructura a fs. 334, esta Presidencia considera que debe adjudicarse el presente Concurso teniendo en cuenta el precio más conveniente para el Ente en cada ítem.
Que de acuerdo a lo manifestado anteriormente la adjudicación se realizará de la siguiente forma:
- A la firma MAXIMUS SRL los ítems nº 1 al 11 inclusive; 14, 15, 17, 19, 23 al 26 inclusive; 28 al 38 inclusive; 40, 41, 43, 44, 45, 47, 48 y 49 por un monto total de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO CON 99/100 ($ 546.331,99) correspondiente a las cantidades y marcas ofertadas.
- A la firma INGACOT COMERCIAL S.A. los ítems nº 13, 16, 20 y 27 por un monto total de PESOS QUINCE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 15.275) correspondiente a las cantidades y marcas ofertadas.
- A la firma PRESTIGIO S.A. los ítems nº 12, 18, 21, 22, 39, 42 y 46 por un monto total de PESOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTE ($ 42.220) correspondiente a las cantidades y marcas ofertadas.
Que el monto total adjudicado asciende a PESOS SEISCIENTOS TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS CON 99/100 ($ 603.826,99), un 19,20% aprox. inferior al presupuesto oficial.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Rechazar la oferta de la firma IACONO E HIJO SA, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 2º: Adjudicar a la firma MAXIMUS SRL los siguientes ítems correspondientes al Concurso de Precios Nº 5/2021 “Adquisición de pintura para distintos escenarios del Ente”, por los motivos expuestos en el exordio y de acuerdo al siguiente detalle:
ITEM Nº |
DESCRIPCION |
CANTIDAD |
PRECIO Y MARCA |
1 |
Pintura al látex – color gris hierba x 20 litros |
35 |
P/U $ 5.057,42 P/T $ 177.009,70 (POLACRIN) |
2 |
Pintura al látex frentes – color gris topo x 20 litros |
14 |
P/U $ 4.246,80 P/T $ 59.455,20 (TALENTO) |
3 |
Esmalte sintético satinado gris topo x 4 litros |
6 |
P/U $ 1.680,49 P/T $ 10.082,94 (POLACRIN) |
4 |
Esmalte sintético satinado blanco x 4 litros |
2 |
P/U $ 1.680,49 P/T $ 3.360,98 (POLACRIN) |
5 |
Pintura al látex frentes color azul traful x 20 litros |
4 |
P/U $ 4.246,80 P/T $ 16.987,20 (TALENTO) |
6 |
Convertidor de óxido gris x 4 litros |
13 |
P/U $ 1.680,49 P/T $ 21.846,37 (POLACRIN) |
7 |
Pintura al látex para cielorraso x 20 litros |
3 |
P/U $ 3.177,50 P/T $ 9.532,50 (POLACRIN) |
8 |
Pintura al látex interior/exterior lavable x 20 litros color blanco |
3 |
P/U $ 3.127,80 P/T $ 9.383,40 (TALENTO) |
9 |
Esmalte sintético gris espacial x 4 litros |
18 |
P/U $ 1.680,49 P/T $ 30.248,82 (POLACRIN) |
10 |
Pintura al látex para pisos deportivos x 20 litros: R159 G224 B237, C49 M0 Y15 K0, PANTONE 630C, ORACAL 651:084 |
5 |
P/U $ 5.509,98 P/T $ 27.549,90 (POLACRIN) |
11 |
Pintura al látex para pisos deportivos x 20 litros: R191 G214 B39, C38 M0 Y100 K0, PANTONE 382C, ORACAL 651:064 |
4 |
P/U $ 5.509,98 P/T $ 22.039,92 (POLACRIN) |
14 |
Aguarrás mineral x 4 litros |
11 |
P/U $ 751,77 P/T $ 8.269,47 (POLACRIN) |
15 |
Fijador sellador x 10 litros |
4 |
P/U $ 912,24 P/T $ 3.648,96 (TALENTO) |
17 |
Guantes de nylon x par |
11 |
P/U $ 170 P/T $ 1.870 |
19 |
Copa alambre trenzado |
2 |
P/U $ 320 P/T $ 640 |
23 |
Pincel boron natural finish 65 mm |
9 |
P/U $ 424,51 P/T $ 3.820,59 (BORON) |
24 |
Rodillo tipo Epoxi 22 cm |
9 |
P/U $ 299,43 P/T $ 2.694,87 (RODILAN) |
25 |
Rodillo tipo mini Epoxi 10 cm |
23 |
P/U $ 60,66 P/T $ 1.395,18 (RODILAN) |
26 |
Rodillo corta gota 22 cm |
12 |
P/U $ 345,54 P/T $ 4.146,48 (RODILAN) |
28 |
Lija antiempaste nº 80 |
30 |
P/U $ 41,78 P/T $ 1.253,40 (HUNTER) |
29 |
Lija antiempaste nº 100 |
30 |
P/U $ 41,78 P/T $ 1.253,40 (HUNTER) |
30 |
Pintura látex para pisos deportivos color blanco x 20 litros |
1 |
P/U $ 5.509,98 P/T $ 5.509,98 (POLACRIN) |
31 |
Esmalte sintético color blanco x 4 litros |
2 |
P/U $ 1.680,49 P/T $ 3.360,98 (POLACRIN) |
32 |
Esmalte sintético color negro x 4 litros |
2 |
P/U $ 1.680,49 P/T $ 3.360,98 (POLACRIN) |
33 |
Pintura vial x 4 litros color blanco |
3 |
P/U $ 1.680,49 P/T $ 5.041,47 (POLACRIN) |
34 |
Esmalte sintético color azul traful x 4 litros |
2 |
P/U $ 1.680,49 P/T $ 3.360,98 (POLACRIN) |
35 |
Esmalte sintético color bermellón x 4 litros |
2 |
P/U $ 1.680,49 P/T $ 3.360,98 (POLACRIN) |
36 |
Esmalte sintético color verde manzana x 4 litros |
2 |
P/U $ 1.680,49 P/T $ 3.360,98 (POLACRIN |
37 |
Esmalte sintético color amarillo x 4 litros |
2 |
P/U $ 1.680,49 P/T $ 3.360,98 (POLACRIN) |
38 |
Rodillo mini Epoxi 5 cm |
8 |
P/U $ 47,93 P/T $ 383,44 (RODILAN) |
40 |
Rodillo anti gota x 17 cm |
2 |
P/U $ 305,80 P/T $ 611,60 (GALGO) |
41 |
Pintura látex uso exterior color rojo teja x 20 litros |
3 |
P/U $ 4.286,80 P/T $ 12.860,40 (TALENTO) |
43 |
Esmalte sintético 3 en 1 color blanco x 20 litros |
1 |
P/U $ 6.752, 12 P/T $ 6.752,12 (POLACRIN) |
44 |
Anti óxido sintético cromato x 20 litros |
1 |
P/U $ 6.752,12 P/T $ 6.752,12 (POLACRIN) |
45 |
Pintura látex deportivo amarillo ocre x 10 litros |
1 |
P/U $ 2.726,61 P/T $ 2.726,61 (POLACRIN) |
47 |
Convertidor de òxido – esmalte sintético 2 en 1 x 4 litros |
27 |
P/U $ 1.680,49 P/T $ 45.373,23 (POLACRIN) |
48 |
Pintura látex para pisos deportivos exterior color gris hierba x 20 litros |
3 |
P/U $ 5.057,42 P/T $ 15.172,26 POLACRIN |
49 |
Pintura látex exterior color verde institucional (382c) x 20 litros |
2 |
P/U $ 4.246,80 P/T $ 8.493,60 TALENTO |
La adjudicación total asciende a PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO CON 99/100 ($ 546.331,99) y se realiza en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 99/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 107/2021 Cpo. 01 y 02.
ARTÍCULO 3º: Adjudicar a la firma INGACOT COMERCIAL S.A. los siguientes ítems correspondientes al Concurso de Precios Nº 5/2021 “Adquisición de pintura para distintos escenarios del Ente”, por los motivos expuestos en el exordio y de acuerdo al siguiente detalle:
ITEM Nº |
DESCRIPCION |
CANTIDAD |
PRECIOS Y MARCAS |
13 |
Pintura al látex alta temperatura color negro mate x 4 litros |
2 |
P/U $ 1.442 P/T $ 2.884 ALBA |
|
|||
16 |
Masilla x 32 kg |
3 |
P/U $ 1.473 P/T $ 4.419 ANCLAFLEX PRADERA |
20 |
Disco abrasivo flaps |
4 |
P/U $ 238 P/T $ 952 NORTON |
27 |
Cinta de papel 36x50 |
30 |
P/U $ 234 P/T $ 7.020 NORTON |
La adjudicación total asciende a PESOS QUINCE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 15.275) y se realiza en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 99/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 107/2021 Cpo. 01 y 02.
ARTÍCULO 4º: Adjudicar a la firma PRESTIGIO S.A. los siguientes ítems correspondientes al Concurso de Precios Nº 5/2021 “Adquisición de pintura para distintos escenarios del Ente”, por los motivos expuestos en el exordio y de acuerdo al siguiente detalle:
ITEM Nº |
DESCRIPCION |
CANTIDAD |
PRECIO Y MARCAS |
12 |
Anti óxido sintético cromato- desoxidante fosfatizante x 5 litros |
2 |
P/U $ 1.097 P/T $ 2.194 VITECSO |
18 |
Espátula de metal 50 mm |
6 |
P/U $ 234 P/T $ 1.404 GRAND |
21 |
Pincel tipo elefante profesional nº 30 50 mm |
9 |
P/U $ 284 P/T $2.556 GRAND |
22 |
Pincel tipo elefante profesional nº 10 (25 mm) |
6 |
P/U $ 95 P/T $ 570 GRAND |
39 |
Pincel tipo elefante profesional nº 20 |
6 |
P/U $ 160 P/T $ 960 GRAND |
42 |
Pintura látex uso exterior color blanco x 20 litros |
12 |
P/U $ 2.822 P/T $ 33.864 ANDINA |
46 |
Pincel profesional nº 25 |
3 |
P/U $ 224 P/T $ 672 GRAND |
La adjudicación total asciende a PESOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTE ($ 42.220) y se realiza en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resolución Nº 99/2021, oferta presentada y demás documentación obrante en Expediente Nº 107/2021 Cpo. 01 y 02.
ARTICULO 5º: El egreso que demande lo dispuesto en los artículos 2º, 3º y 4° deberá imputarse a las siguientes partidas: 01.11.00.2.5.5; 01.11.00.2.2.2.; 01.11.00.2.7.5; 01.11.00.2.6.9; 01.11.00.2.9.2; 01.05.00.2.5.5; 01.05.00.2.7.5; 01.05.00.2.9.2; 01.03.00.2.5.5; 01.03.00.2.9.2.; 01.03.00.2.7.5; 01.19.00.2.5.5; 01.18.00.2.5.5.; 01.15.00.2.5.5 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 6º: Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión y Jefatura de Compras.
REGISTRADA BAJO EL Nº 108/2021
Mar del Plata, 23 de junio de 2021.
VISTO la presentación efectuada por la Asociación Amateur marplatense de Hockey, a través de su Presidente Daniel Iza, mediante Nota ingresada al organismo bajo el N° 449/2021, de fecha 18 de junio de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que la Asociación Amateur de Hockey sobre Césped solicita la adecuación de los valores a abonar por el uso de las canchas de hockey del Estadio Panamericano y del Centro Municipal de Hockey por parte de los clubes afiliados a la misma.
Que motiva su requisitoria la dificultosa situación económica que atraviesa el sector privado con motivo de las medidas dispuestas por la Pandemia COVID 19, y la consecuente falta de ingresos que permitan afrontar los gastos a los clubes que realizan las prácticas; ello hasta tanto vuelva a su normalidad la actividad deportiva.
Que esta Presidencia ha considerado procedente el cobro de las tarifas aprobadas por Ordenanza Impositiva vigente, para el segundo semestre del corriente año, con una reducción del 20% en cada caso, para los clubes afiliados a la Asociación.
Que esta decisión ha sido adoptada dentro del marco de lo dispuesto por el Apartado 9) Inciso K) del Artículo 25º Capítulo VII Derechos de Oficina “ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION” de la Ordenanza impositiva vigente (Nro. 24.959).
Que la entidad deberá velar por el cumplimiento de las medidas dispuestas por las autoridades Nacionales, Provinciales y Municipales, y los Protocolos establecidos para la práctica del hockey en virtud de la Pandemia.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar la reducción del 20% de las tarifas previstas por la Ordenanza Impositiva vigente, segundo semestre del año 2021, para los clubes afiliados a la Asociación Marplatense de Hockey Sobre Césped, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2°.- La reducción dispuesta por el Artículo precedente se adopta dentro del marco de lo dispuesto por el Apartado 9) Inciso K) del Artículo 25º Capítulo VII Derechos de Oficina “ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION” de la Ordenanza impositiva vigente (Nro. 24.959).
ARTICULO 3º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Oficial, y a sus efectos intervengan la Tesorería y la Dirección de Gestión.
REGISTRADA BAJO EL Nº 109/2021
Mar del Plata, 28 de junio de 2021
VISTO el expediente Nº 103/2021 por el que se tramita la Licitación Privada Nº 3/2021 “Adquisición de quemadores gas natural para su reemplazo en el Complejo Natatorio” y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución Nº 106/2021 se fijó como fecha de apertura del Llamado a Licitación de referencia el día 22 de junio del corriente (fs. 104)
Que en el día y hora fijados en el acto administrativo precedentemente, se procedió a realizar la correspondiente Apertura de Ofertas del Llamado conforme consta en el acta a fs. 216.
Que en dicho acto se constató la existencia de una única oferta correspondiente a la firma ELECTROTERMA MAR DEL PLATA S.R.L. y en la misma consta la cotización presentada por el oferente.
Que con fecha 25 de junio del corriente surge el Acta correspondiente realizada por la Comisión de Apertura, Estudio y Evaluación de Ofertas.
Que del análisis de la documentación presentada conforme lo exigido por el artículo 3º del P.B.C. se desprende que la oferta de la firma ELECTROTERMA MAR DEL PLATA S.R.L. no incurre en ninguna de las causales de rechazo previstas por el Pliego de Bases y Condiciones en su artículo 14º, resultando por lo tanto una oferta valida y admisible.
Que no obstante ello, el área técnica integrante de la Comisión Evaluadora manifiesta que el equipo ofrecido para el ítem nº 1 no se ajusta a las características de potencia solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones.
Que teniendo en cuenta que existe una única oferta, la Comisión recomienda proceder a realizar un segundo llamado, de acuerdo a lo estipulado en la L.O.M.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Declarar fracasado el presente llamado a Licitación Privada Nº 3/2021 “Adquisición de quemadores gas natural para su reemplazo en el Complejo Natatorio”, por los motivos expuestos en el exordio.
2º: Fijar el día 6 de julio de 2021 a las 11:00 hs como fecha de apertura del Segundo Llamado a Licitación Privada Nº 3/2021 “Adquisición de quemadores gas natural para su reemplazo en el Complejo Natatorio”.
ARTÍCULO 3º: Confirmar a los integrantes de la Comisión de Apertura, Estudio y Evaluación de Ofertas designada mediante Resolución Nº 106/2021 para este segundo llamado.
ARTICULO 4º: Eximir a la firma ELECTROTERMA MAR DEL PLATA S.R.L. de presentar la documentación aportada obrante en el expediente y que no posean vencimiento en ocasión del Primer llamado a Licitación, debiendo presentar una nueva oferta económica y el Pliego de Bases y Condiciones apropiadamente firmado y teniendo en cuenta el análisis técnico realizado sobre el material ofertado en el ítem 1, que se indica en el exordio.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Jefatura de Compras y Contaduría.
REGISTRADA BAJO EL N° 110/2021
Mar del Plata, 28 de junio de 2021
VISTO el expediente Nº 113/2021 Cpo 01,a través del cual se tramita el Concurso de Precios Nº 6/2021 para la provisión, instalación y configuración Central Telefónica en el Complejo Natatorio, y
CONSIDERANDO
Que el Pliego de Bases y Condiciones se ajusta a las disposiciones legales vigentes, y a lo requerido en el presente expediente.
Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente al gasto objeto del Concurso.
Que debe fijarse la fecha de apertura de Ofertas.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º. Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios Nº 6/2021 que obra de fjs. 22 a fjs. 33 de los presentes actuados, para la provisión, instalación y configuración Central Telefónica en el Complejo Natatorio, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º. Fijar el día 08 de julio de 2021 a las 11:00 horas como fecha de Apertura de Propuestas, la que se llevará a cabo en la Jefatura de Compras del EMDeR, sito en la calle De los Jubilados s/n – Complejo Natatorio de esta ciudad.
ARTICULO 3º. Designar al Ing. Germán De Lellis, en representación del área de Electrónica del EMDeR para asesorar en la Evaluación de Ofertas
ARTICULO 4º. Imputar la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 726.984) a la siguiente 01.13.00.4.3.4.
ARTICULO 5º. Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Jefatura de Compras y Contaduría.
REGISTRADA BAJO EL N° 111/2021
Mar del Plata, 28 de junio de 2021
VISTO la solicitud presentada por el Agente HUGO ALBERTO DIEZ- Legajo 22398 - para que se le abone la Bonificación por 25 años de servicios, y
CONSIDERANDO
Que en base a lo informado por el Área Antigüedades de la Dirección de Personal y del análisis del legajo personal del mencionado agente se infiere que el mismo ha cumplido los 25 años de servicios en la Municipalidad de General Pueyrredon, el día 22 de febrero del presente año.
Que la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente en su Artículo 10º considera el premio para el personal municipal que haya cumplido 25 años de servicios.
Que la Contaduría ha informado la imputación correspondiente.
Por ello, y en uso de sus atribuciones;
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Autorizar el pago del importe equivalente al total nominal de las remuneraciones percibidas en el mes inmediato anterior al haber cumplido 25 años de servicios, hecho acaecido el día 22 de febrero de 2021, al agente HUGO ALBERTO DIEZ– Legajo 22398– quien revista con el cargo de Técnico IV con 45 horas semanales, CF 4-18-74-01- conforme a lo establecido en el Artículo 10º de la Ordenanza Complementaria del Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a: Partida Principal 01 - Actividad 01 - Inciso 1 – Partida Principal. 1 – Partida Parcial 7 – Partida Subparcial 1 (Adicional por 25 y 30 años de servicios) del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
REGISTRADA BAJO EL N° 112/2021
Mar del Plata, 30 de junio de 2021
VISTO que con fecha 11 de marzo de 2020 la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional mediante Decreto No. 297/2020 estableció para todas las personas que habitan en el país la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”.
Que el Decreto mencionado en el considerando anterior, en su artículo 5º estableció que no podrían realizarse eventos culturales, recreativos, deportivos, religiosos, ni de ninguna otra índole que impliquen la concurrencia de personas, durante el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”.
Que mediante Ordenanza No. 24.710 se declaró en el ámbito del Partido de General Pueyrredón la Emergencia Administrativa Sanitaria y por Decreto No. 469/2020 se dispuso entre otras medidas el cierre de lugares donde se realicen actividades deportivas.
Que de acuerdo al Artículo 6º de la Ordenanza No. 15.120, los recursos del Ente se generan por las sumas enviadas por la Administración Central y todo canon, alquiler, derecho de explotación, uso, y en general, cualquier contraprestación que devengue la utilización de las instalaciones y la ocupación de espacios públicos destinados específicamente a actividades deportivas y recreativas de este Organismo.
Que como consecuencia del “aislamiento social preventivo y obligatorio”, el Ente se vio imposibilitado de hacer uso de sus instalaciones para la obtención de ingresos.
Que el artículo 34º de la Ley No. 15078 de Presupuesto General de la Administración Provincial, prorrogada para el Ejercicio 2020 mediante el artículo 24º de la Ley No. 15165, autorizó el uso de recursos afectados independientemente de su origen, para un destino distinto al asignado, siempre que tal circunstancia sea fundada en razones de carácter excepcional.
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo mencionado en el considerando anterior los recursos debieran ser restituidos a las cuentas correspondientes en un plazo no mayor de veinticuatro (24) meses, desde el cierre de ejercicio en el que hubieran sido utilizados.
Que mediante Resolución No. 118/2020 y 125/2020 la Presidencia del Ente autorizó a la Tesorería a utilizar Fondos Provinciales Afectados por un importe de Pesos Un Millón Doscientos Noventa y Siete Mil con 00/100 ($ 1.297.000,00).
Que con fecha 30 de junio del corriente la Presidencia del Ente decide restituir a la cuenta de Fondos Provinciales Afectados del Ente la suma de Pesos Doscientos Noventa y Siete Mil con 00/100 ($297.000,00).
Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias:
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Autorizar a la Tesorería del EMDER a restituir a la cuenta de Fondos Provinciales Afectados la suma de Pesos Doscientos Noventa y Siete Mil con 00/100 ($297.000,00), en cumplimiento del artículo 34º de la Ley No. 15078 de Presupuesto General de la Administración Provincial, prorrogada para el Ejercicio 2020 mediante el artículo 24º de la Ley No. 15165, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal, y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Contaduría y Tesorería del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL N° 113/2021
Mar del Plata, 30 de junio de 2021
VISTO el Expediente Nº 217/2015 - Cpo 1, y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo se tramitan las actuaciones llevadas a cabo a los fines de optimizar el servicio de internet en el Estadio Polideportivo “Islas Malvinas” y en el Estadio “José María Minella” del Parque de Deportes “Teodoro Bronzini”.
Que por lo expuesto la firma TELECOM ARGENTINA S.A., FIBERCORP, CUIT N° 30-63945373-8, presenta Factura B N° 6723-47774233, de fecha 15 de junio de 2021, emitida por la empresa antes consignada, de donde surge que corresponde abonar la suma de PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS UNO ( $ 9.801,00.-) por los servicios de conectividad del mes de JULIO de 2021.
Que la mencionada factura se encuentra debidamente conformada por el Director de Infraestructura del EMDER, informando asimismo la Contadora del organismo la partida presupuestaria a la que se deberá imputar el gasto.
Que corresponde, a la Presidencia del Ente autorizar el mencionado gasto.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Autorizar a la Tesorería del EMDER a abonar a TELECOM ARGENTINA SA, FIBERCORP, CUIT N° 30-63945373-8, la suma de PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS UNO ($ 9.801,00.-) correspondiente a los servicios de conectividad durante el mes de JULIO de 2021 conforme Factura B N° 6723-47774233, de fecha 15 de Julio de 2021, en razón de lo expuesto en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 2º: El egreso que demande lo dispuesto en el artículo anterior deberá imputarse a la partida Act. Central 01 - Act. 11 – Inciso 3 - Part. Princ. 1 - Part. Parc. 4 -Part. Subp. 0 (Teléfonos, Telex, Telefax) del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Contaduría y a Tesorería del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL N 114/21
Mar del Plata, 30 de junio de 2021
VISTO las presentes actuaciones a través de las cuales se tramita el pedido de la Asociación de Surf Argentina, tramitado mediante Expediente Nº 026/2021 – Cpo. 01, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 037 de fecha 22 de febrero de 2021, se otorgaron apoyos económicos especiales a entidades deportivas, y personas vinculadas con el deporte, que colaboraron oportunamente a la compra de material deportivo y equipamiento deportivo para las actividades programadas para el año 2021.
Que conforme lo normado en el Artículo 4º del mencionado acto administrativo cada entidad o persona física debe proceder a realizar rendición de cuentas de las sumas otorgadas.
Que de los comprobantes adunados surge que el subsidio otorgado ha sido destinado al pago de material deportivo.
Que en atención al informe de la Contaduría del Ente obrante en estas actuaciones, de fecha 30 de junio de 2021 (fs. 58) la Asociación ha efectuado la rendición del subsidio otorgado, habiendo cumplido la entidad con la presentación de la documentación necesaria al efecto conforme a lo establecido en el Decreto Nº 652/82 y lo previsto por el Artículo 131° del Reglamento de Contabilidad.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Aprobar la Rendición de Cuentas efectuada por la Asociación de Surf Argentina, con motivo del subsidio otorgado mediante Resolución Nº 037 de fecha 22 de febrero de 2021, y conforme lo establecido en el Decreto Nº 652/82, en cumplimiento con lo dispuesto por el Artículo 131º del Reglamento de Contabilidad, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal, y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión, Dirección General de Política Deportiva, Contaduría del EMDER y archivar.
REGISTRADA BAJO EL N° 115/2021
Mar del Plata, 30 de junio de 2021.
VISTO las presentes actuaciones que giran por Expediente N° 227/2021 - Cpo. 01, a través de las cuales se tramita la solicitud del préstamo del piso de TARAFLEX propiedad del EMDER, efectuada por el Club Atlético Once Unidos, y
CONSIDERANDO:
Que la institución referida, solicita en calidad de préstamo el piso de referencia, desde la fecha de suscripción del contrato respectivo hasta el día 30 de junio de 2022, a los fines de ser utilizado para el entrenamiento en la disciplina voley para los deportistas que participarán en el desarrollo de la Liga A1 2021/2022.
Que considerando las circunstancias de la solicitud efectuada, habiendo evaluado esta Presidencia el mencionado pedido, entiende que resulta procedente perfeccionar el respectivo contrato en el cual se especifiquen todas las circunstancias relativas a un comodato o préstamo gratuito de uso.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar la suscripción de un contrato de comodato del piso de TARAFLEX, propiedad del EMDER, el Club Atlético Once Unidos, conforme actuaciones obrantes en Expediente Nº 227/2021 cpo. 01, desde el día 30 de junio de 2021 y hasta el día 30 de junio de 2022, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- El comodato autorizado en virtud del Artículo 1º se regirá por los términos del contrato a suscribir a tal efecto, en los cuales se especificarán todas las circunstancias relativas al permiso gratuito de uso.
ARTICULO 3º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión y la Dirección de Infraestructura del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL Nº 116/2021
Mar del Plata, 30 de junio de 2021
Visto que el Agente PEZZENTE IGNACIO – Legajo 31105 – cumple funciones de casero en la vivienda que se encuentra emplazada en la vivienda del “Centro Municipal de Actividades Náuticas de Laguna de los Padres”, conforme surge de Exte. N° 337/2017 Cpo. 01; y
CONSIDERANDO:
Que oportunamente se requirió al nombrado agente que cumpla las funciones de mantenimiento y conservación de la vivienda en el sector mencionado.
Que atento ello el agente Ignacio Pezzente se encuentra desempeñando esas funciones desde el día 26 de septiembre de 2017, desprendiéndose de las actuaciones supra mencionadas su buen desempeño y cumplimiento de obligaciones conforme lo solicitado.
Que es facultad de esta Presidencia realizar los movimientos y reasignaciones de tareas del personal que se desempeña en el Ente, como asimismo disponer la prórroga de las tareas asignadas.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Prorrogar al Agente IGNACIO PEZZENTE - Legajo 31105 – quien revista con el cargo de OBRERO INICIAL con 45 hora semanales – C.F.6-01-74-01 - la asignación de las tareas que desempeña como casero de la vivienda emplazada en el Centro Municipal de Actividades Náuticas de Laguna de los Padres”, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 2º.- A los efectos de lo preceptuado por el Artículo 1º se suscribirá el respectivo contrato, en el cual se especificarán todas las circunstancias relativas al comodato.
ARTICULO 3°.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, y Dirección Gral. de Infraestructura del EMDER.
REGISTRADA BAJO EL N° 117/2021
Mar del Plata, 30 de junio de 2021.
VISTO, que la Agente CAROLINA CRESPO – Legajo Nº 19122 quien se desempeña con el cargo de Directora de Gestión del EMDER, hará uso de licencia por vacaciones desde el 1º y hasta el día 31 de julio de 2021, y
CONSIDERANDO
Que se ha dispuesto encomendarle las funciones de atención, despacho y firma de mero trámite de la Dirección de Gestión, a a Agente Dra. GABRIELA MÓNICA MARTÍN – Legajo 22708, quien revista con el cargo de Abogado II y cumple funciones en la mencionada Dirección.
Por todo ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Asignar desde el díae día 1º y hasta el 31 de julio de 2021 inclusive, a la Agente GABRIELA MÓNICA MARTÍN - Legajo Nº 22708 – Abogado II, las funciones inherentes a la atención y firma del despacho de la Dirección Gestión del EMDER, en tanto dure la licencia de la Agente CAROLINA CRESPO- Legajo Nro. 19.122.
ARTÍCULO 2º.- Registrar, dar al Boletín Oficial, comunicar y notificar a través del Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
REGISTRADA BAJO EL Nº118/2021