Boletines/Pilar
Decreto Nº 4147/17
Pilar, 14/12/2017
CORRESPONDE EXPEDIENTE Nº 15735/2016
Pilar,
Visto
El expediente de referencia por el cual la Sra. Alicia Susana Contente, Presidente de la Fundación Educativa Luces, solicita la eximición por el Periodo Fiscal 2016 del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales de la Partida Municipal N° 8172 de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 72° Inciso c) de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria vigente, y
Considerando
Que a fojas 01/24, la Secretaría de Relaciones Institucionales, área con responsabilidad en la materia, ha verificado y certificado la documentación adjunta por el iniciador, corroborando que es la pertinente para la obtención de dicho beneficio.
Que a fojas 55 se adjunta el Informe Técnico Favorable donde acredita que la institución, reconocida como entidad de Bien Público por este municipio, presta una actividad beneficiosa para toda la comunidad y no solo para sus asociados.
Que la entidad es titular del Instituto de Enseñanza Privada Almirante Brown, y el mismo se encuadra dentro del Artículo 72° Inciso c).
Que según informe de la Dirección de Rentas Generales la Institución no resulta titular de la partida en cuestión.
Que el establecimiento educativo, según se ha manifestado, no acreditó la totalidad de los requisitos exigidos en el artículo 72° inciso c) de la ordenanza fiscal y tarifaria 2016.
Que no obstante ello, conforme lo dispone el art. de la O.F.I. 2016 del Departamento Ejecutivo considera oportuno y conveniente otorgar la eximición en un porcentaje menor al total solicitado.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.
Que las atribuciones del Señor Intendente se encuentran consagradas en el artículo 108, inciso 17 de La Ley Orgánica de las Municipalidades.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO.= Exímase a la Fundación Educativa Luces titular del Colegio Argentino Almirante Brown un porcentaje del 60% del pago del Tributo de Mantenimiento de la Vía Pública y servicios Generales correspondiente a la partida Municipal N° 8172, por del periodo fiscal 2016.
ARTICULO SEGUNDO.= Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.