Boletines/Pilar
Decreto Nº 4139/17
Pilar, 14/12/2017
Corresponde al Expediente N° 17294/2017
Pilar,
Visto
El expediente N° 17294/17, por el cual se solicita la provisión de 100 (cien) Licencias Adicionales Plataforma VMS, 1 (un) Servidor para Gestión de Video, Ampliación del Sistema de Almacenamiento IP en 130 TB y 32 (treinta y dos) Joystick, de conformidad a las especificaciones que se presentan en el pliego, bases y condiciones para la Subsecretaría de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico dependiente de la Secretaría de Modernización y Transparencia de la Municipalidad Del Pilar, y
Considerando
Que a fojas 01 la Subsecretaría de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico dependiente de la Secretaría de Modernización y Transparencia da inicio al expediente para cumplir con el objeto de la presente.
Que de fojas 02 a 08 obra proyecto de pliego de Especificaciones Técnicas Particulares emitido por la Subsecretaría de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico Secretaría de Servicios Públicos.
Que a fojas 09 se adjunta la Solicitud de Pedido N° 3-476-541 de fecha 3 cJe agosto de 2017 por un total de $ 3.253.272,16 (pesos tres millones doscientos cincuenta y tres mil doscientos setenta y dos con 16/100) y a fojas 11 la solicitud de gasto N° 0-7621 de fecha 25 de septiembre de 2017.
Que a fojas 12 y siguientes se adjunta modelo del Pliego de Bases y Condiciones Especificaciones Particulares y Generales, Pliego de Especificaciones Técnicas y Pedido de Cotización de Precios emitido por la Dirección de Compras.
Que a fojas 35 luce Decreto número 3405 de fecha 27 de septiembre de 2017 autorizando el llamado para el 31 de octubre de 2017 a las 13:00hs.
Que a fojas 39 a 42 obran constancias de acto de publicidad realizado para el llamado a la licitación mencionada.
Que a fs. 46 obra Acta de Apertura realizada el 31 de octubre de 2017.
Que a fojas 47 y siguientes obra toda la documental presentada por las firmas oferentes con sus respectivos Certificados de Proveedor de las empresas: SP2 GROUP S.A. (oferta 1), GRUPO VICNET S.R.L. (oferta 2) y NEC ARGENTINA S.A. (oferta 3).
Que a fojas 199 obra cuadro comparativo de las ofertas presentadas.
Que a fojas 201 a 202 obra informe técnico de la Secretaria de Modernización y Transparencia donde surge que la firma NEC ARGENTINA S.A. por la suma de $3.252.632,16 (pesos tres millones doscientos cincuenta y dos mil seiscientos treinta y dos con 16/100) resulta la oferta más conveniente.
Que se cuenta con los fondos disponibles para hacer frente a la erogación correspondiente.
Que en atención al monto estimado de la contratación, corresponde encuadrarla bajo la modalidad de Licitación Pública, en un todo de acuerdo con las previsiones del Art. 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Resolución 233/17 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
Que el presente cuenta con informe técnico legal correspondiente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones que emanan de la Ley Orgánica de las Municipalidades, su normativa, complementaria y modificatoria.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atirbuciones
DECRETA
Artículo 1°: Apruébese lo actuado en el Expediente N° 17294/2017, por el que tramita la Licitación Pública N° 67/2017.
Artículo 2º: Adjudicase la Licitación Pública N° 67/2017 a la firma NEC ARGENTINA S.A. CUIT 30-59020343-9 por la suma de $3.252.632,16 (pesos tres millones doscientos cincuenta y dos mil seiscientos treinta y dos con 16/100), la provisión de 100 (cIen) Licencias Adicionales Plataforma VMS, 1 (un) Servidor para Gestión de Video, Ampliación del Sistema de Almacenamiento IP en 130 TB y 32 (treinta y dos) Joystick.
Artículo 3°: Procédase a la devolución de la garantía de la oferta no aceptada.
Artículo 4°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo segundo será imputado a Partida de Fin. 1.1.1.01.11.000, Fte. Fin 1.3.2., Prog. 21.01, U.E. 476, Cód. Gasto 435.436 y 481.
Artículo 5°: Dese al Registro Municipal, pase a la Dirección de Compras, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.