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Decreto Nº1965/2021

Decreto Nº 1965/2021

Quilmes, 30/06/2021

Visto

el Expediente Nº 4091-14064-J-2019, iniciado por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra Pública de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es solicitar la escrituración, ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, del inmueble  con destino a vivienda única familiar, de uso y ocupación permanente a favor de Jara, Karen Ayelen y del 50% indiviso de Jara, Hipólito y de Godoy, Ercilia; conforme la Ley 10.830 de la Provincia de Buenos Aires (modif. por Leyes Nros. 13.264, 13.757, 14.131, 14.542 y 14.553); y

Considerando

Que la Sra. Jara, Karen Ayelen solicita la escrituración a su favor y la afectación al Régimen de Protección a la Vivienda del inmueble que posee con destino a vivienda única familiar, de uso y ocupación permanente, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción: I; Sección: P; Manzana: 22; Parcela: 31A; del partido de Quilmes, de conformidad con la Ley 10.830 de la Provincia de Buenos Aires (modif. por Leyes Nros. 13.264, 13.757, 14.131,

14.542 y 14.553) y el Decreto Reglamentario  Nº 1.256/01 (modif. por Decreto  Nº 2.199/06);

Que obra copias certificada agregada al expediente toda la documentación requerida a saber: formulario de pedido de inicio; formulario de datos personales; declaración jurada de vivienda única y  ocupación permanente; copias de DNI, escritura de antecedente dominial; boleto de compraventa; formulario de autorización para escriturar; impuesto inmobiliario con valuación; formulario de afectación al Régimen de Protección a la Vivienda; formularios de condiciones de vivienda y grupo familiar;

Que el pretenso adquirente ha solicitado la afectación del inmueble en cuestión al Régimen de protección a la Vivienda conforme el art. 244 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación;

Que la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires se encuentra facultada para intervenir en casos como el presente según lo dispuesto por los arts. 2º  y 4º inc. d) de la citada Ley 10.830 (y modif.) y el Decreto Reglamentario Nº 1.256/01 (modif. por Decreto Nº 2.199/06);

Que la Regularización Dominial del inmueble comprendido resulta por motivo de interés social, derivado de la situación socio económica de las familias afectadas;

Que obra dictamen de la Asesoría Letrada que concluye que no encontraría objeciones técnico jurídicas que formular al proyecto de decreto en cuestión;

Que conforme a derecho corresponde declarar de interés social la regularización dominial del inmueble referido a fin de requerir la intervención a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio y la afectación al Régimen de Protección a la Vivienda del inmueble referido;

Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), artículos 2° y 4°, inciso d), de la Ley 10.830 (y modif.); y Por todo lo expuesto,

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: DECLÁRASE de interés social la escrituración y la afectación al Régimen de Protección a la Vivienda del inmueble cuya nomenclatura  catastral es: Circunscripción: 1 , Sección: P ; Manzana: 22 ; Parcela: 31A , del partido de Quilmes, con destino a vivienda única familiar, de uso y ocupación permanente a favor de la Sra. Jara, Karen Ayelen  D.N.I. Nº 33.206.246  y del 50% indiviso del Sr. Jara, Hipólito D.N.I. Nº 5.161.639 y de la Sra. Godoy, Ercilia D.N.I.  Nº3.006.645 de conformidad con la Ley 10.830 de la Provincia de Buenos Aires (modif. por Leyes Nros. 13.264, 13.757, 14.131, 14.542 y 14.553).-

ARTÍCULO 2°: REQUIÉRASE la intervención de la Escribanía General  de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio y la afectación al Régimen de Protección a la Vivienda del inmueble referido en el artículo anterior.-

ARTÍCULO 3°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General

y ARCHÍVESE.-

 

              LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO                        Dr. CLAUDIO H. CARBONE                         MAYRA S. MENDOZA

                          Jefe de Gabinete                                        Secretario Legal y Técnico                                    Intendenta

              MUNICIPALIDAD DE QUILMES                        MUNICIPALIDAD DE QUILMES              MUNICIPALIDAD DE QUILMES

 

  Arq. CECILIA SOLER                                                        Cdra. Alejandra S. Prieto

    Secretaría de Desarrollo                                                     Secretaria de Hacienda

     Urbano y Obra Pública                                                 MUNICIPALIDAD DE QUILMES

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DECRETO 1965/2021