Boletines/Quilmes

Decreto Nº1810/2021

Decreto Nº 1810/2021

Quilmes, 17/06/2021

Visto

El expediente Nº4091-5073-D-2021, iniciado por Jefatura de Gabinete de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es la contratación del servicio mensual de mantenimiento integral (senderos, cordones, riego, vegetación y poda correctiva) para diversas plazas del Distrito, en el marco del artículo 156 inciso 11º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº6.769/58 con modificaciones vigentes); y

Considerando

Que por expediente referenciado en el visto, la Jefatura de Gabinete solicita la contratación del servicio mensual de mantenimiento integral (senderos, cordones, riego, vegetación y poda correctiva) para la  Plaza  de  la Cruz, Plaza del Bicentenario, Plaza del Maestro,  Plaza  Suiza,  Plaza  José Eduardo Pardo, Plaza Aristóbulo del Valle, Plaza Villa  Armonía  y  Plaza  de  la Paz, bajo la modalidad de compra excepcional del artículo 156 inciso  11º  de  la Ley Orgánica  de  las  Municipalidades  (Decreto-Ley  Nº6.769/58  ).  Fundamenta tal petición, concluyendo que "/a Cooperativa  de  Trabajo  La  Estrella  LTDA cuenta con una amplia experiencia en la realización  de  las  tareas  de conservación y mantenimiento encomendadas. Por  todo  lo  expuesto,  se considera conveniente proceder a la contratación directa en los términos  del artículo 156 inciso -11 de la LOM." 

Que luce agregada la solicitud de pedido Nº 1524 de fecha 02/06/2021; 

Que la Emergencia Ambiental y Sanitaria fue declarada por Ordenanza Nº 13.318/19 de fecha 30/12/2019, la cual se encuentra prorrogada por Decreto Nº 2975 de fecha 29/12/2020;

Que la mencionada norma en su artículo 3° autoriza al Departamento Ejecutivo, conforme el artículo 52° de la L.O.M., a reasignar partidas y efectuar, con carácter excepcional y durante el plazo que dure la Emergencia, contrataciones directas que tengan por objeto "brindar solución a

/as necesidades sanitarias y ambientales locales";

Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 194 establece que: '1a Compra Directa es procedente hasta el monto que fija la Ley Orgánica Municipal o para /os casos de excepción previstos en la misma (artículos 151 y 156). La autoridad contratante procurará asegurarse por /os medios a su alcance, que el precio cotizado sea el más conveniente de plaza a la fecha de la contratación.";

Que el Decreto-Ley 6.769/58 establece en su artículo 156 excepciones a las previsiones determinadas respecto a licitaciones y concursos, admitiendo compras y contrataciones directas  en los casos  de  "'11]  "La compra de bienes y/o contratación de servicios producido por Talleres Protegidos y toda otra instancia protegida de producción debidamente habilitada, registrada y supervisada por el Ministerio de Acción Social o aquél que haga  sus  veces.", (cfme. inc. 11º del artículo citado);

Que las excepciones establecidas para las licitaciones y concursos de precio en este tipo de adquisiciones, no implica descuidar los detalles de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que debe imperar en la gestión de los bienes públicos;

Que el artículo 88 del Reglamento Municipal de Compras y Suministros, hace referencia al procedimiento de contratación directa, sin límite de monto, cuando el caso encuadre dentro de las excepciones establecidas en el artículo 156 de la (LOM);

Que el artículo 89 del mismo reglamento, establece los requisitos, los cuales se encuentran cumplidos en los presentes;

Que el Reglamento de Contrataciones Compras y Suministros de la Municipalidad de Quilmes, faculta a la Intendenta Municipal para adjudicar o rechazar las contrataciones efectuadas por el Departamento Ejecutivo;

Que en los actuados obra el Dictamen de la Subsecretaria de Asesoría Letrada de la Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye que no encuentra objeciones técnico jurídicas para ejecutar la contratación directa solicitada;

Que el recurso utilizado será proveniente de la Fuente de Financiamiento 11O (Tesoro Municipal);

Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, resulta necesario y razonable efectuar el presente acto administrativo de adjudicación directa a favor del "Cooperativa de Trabajo La Estrella Limitada" respecto de la contratación del servicio de mantenimiento integral para diversas plazas del Distrito;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y 156 inciso 11º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº6.769/58 con modificaciones vigentes); y

Por todo lo expuesto;

LA INTENDENTA MUNICIPAL

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: ADJUDÍCASE al proveedor "COOPERATIVA DE TRABAJO LA ESTRELLA LIMITADA" CUIT Nº 30-70891984-1, el objeto de contratación directa consistente en el servicio mensual de mantenimiento integral (senderos, cordones, riego, vegetación y poda correctiva) para la Plaza de la Cruz, Plaza del Bicentenario, Plaza del Maestro, Plaza Suiza, Plaza José Eduardo Pardo, Plaza Aristóbulo del Valle, Plaza Villa Armonía y Plaza de la Paz, de acuerdo a la Solicitud de Pedido Nº 1524/2021, por un monto total de pesos cincuenta y nueve millones quinientos mil ($ 59.500.000,00.-), IVA incluido, de conformidad a los valores cotizados.-

ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de Gastos de la Administración Central 111.00.00.000 Departamento Ejecutivo 111.01.75.00 en la Subjurisdicción "Jefatura de Gabinete", Categoría Programática 01.00.00, Fuente de Financiamiento 11O; correspondiendo a la Partida 3.3.9.0.-

ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4º:  COMUNÍQUESE   a quienes corresponda, dése al registro General y ARCHÍVESE.-

 

LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO                                 MAYRA S. MENDOZA

JEFE DE GABINETE                                                        INTENDENTA

MUNICIPALIDAD DE  QUILMES                             MUNICIPALIDAD DE QUILMES

                    Dr. CLAUDIO H. CARBONE

                      Secretario Legal y Técnico

               MUNICIPALIDAD DE QUILMES                      

Cdra. ALEJANDRA S. PRIETO                                                                     FLORENCIA DI TULLIO

 Secretaria De Hacienda                                                                                Secretaria de Niñez                                  

                                                                                                                              Y Desarrollo social

                                                                                                                       MUNICIPALIDAD DE QUILMES

DECRETO 1810/2021