Boletines/Brandsen

Decreto Nº1071

Decreto Nº 1071

Brandsen, 26/07/2021

Visto

Visto el Expediente Nº 4015-28534/21 por el cual WEI ZHONGJIN, CUIT 20-94158135-9 solicita  cambio de razón social bajo el rubro “AUTOSERVICIO”, en el inmueble ubicado en calle Magdalena de Fait N° 246, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección J- Manzana 2 – CH 2 - Parcela 13 y, correspondiente a la Partida Nº 23633, y;

Considerando

Que a fs. 24 se expide la Directora de Protección Ciudadana y Habilitaciones: “Visto la solicitud de cambio de razón social iniciado por WEI ZHONGJIN, CUIT 20-94158135-9 en relación al Inmueble sito en calle Magdalena de Fait N° 246 de la ciudad de Brandsen, identificado como: Circ. I – Sección J- Manzana 2 – CH 2 - Parcela 13 y, correspondiente a las cuentas 23633 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones  en categoría 2 (dos), por tratarse de rubro “AUTOSERVICIO” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Camila Castillo. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA

 

ARTICULO 1º.- Otorgase a la Sra. WEI ZHONGJIN, CUIT 20-94158135-9, un cambio de razón social bajo el rubro “AUTOSERVICIO”, en el inmueble ubicado en calle Magdalena de Fait N° 246, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I– Sección J- Manzana 2 – CH 2 - Parcela 13 y, correspondiente a la partida Nº 23633.-

 

ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-

 

ARTICULO 3º.-  El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, y de Protección Ciudadana y Habilitaciones.-

 

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-

 

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-