Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº348/2021

Decreto Nº 348/2021

Adolfo Gonzales Chaves, 25/03/2021

Visto

El Expediente 4055-15-2021, Ref. Asignación de Recursos Destinados a Garantizar la Inclusión y Permanencia de Jóvenes en el Sistema Educativo; y

Considerando

Que en el citado Expediente se agregan diversas solicitudes de ayudas económicas;

Que existen recursos provenientes del Fondo de Financiamiento Educativo – Ley 26075;

Que a fojas 166/176, se encuentran informes de Contaduría Municipal;

Por ello;

El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Otorgase a las personas que a continuación se detallan, por el término y monto que para cada caso se indica, una ayuda económica por su trabajo como Talleristas vinculados a la Dirección de Cultura y Educación, quienes brindan actividades  en nuestra ciudad y en las localidades de De La Garma y Juan Eulogio Barra:

Pesos Cinco Mil Quinientos ($ 5.500) mensuales, desde Abril a Diciembre de 2021, inclusive a:

Comensoli Verónica Isabel, DNI Nº 20.042.321 (Crochet) – Juan E. Barra

Gándara Armando Horacio, DNI Nº 14.214.591 (Folclore) – A. G. Chaves

Martínez Tamara Ailen, DNI Nº 33.654.290 (Yoga) – De La Garma

Rodríguez Milagros, DNI Nº 41.212.095 (Cocina) – Juan E. Barra

ARTICULO 2º.- Establécese que la ayuda económica otorgada por el Artículo 4º del Decreto nº 138/2021, a la Sra. MARCELA CONTRERAS, DNI Nº 25.605.641, será de Pesos SIETE MIL QUINIENTOS ($ 7.500.-) a partir del mes de Abril hasta Diciembre de 2021, inclusive.-

ARTICULO 3º.- Establécese que la ayuda económica otorgada por el Artículo 2º del Decreto nº 282/2021, a la Sra. LUCIANA DORE, DNI Nº 27.799.406, será de Pesos DOCE MIL ($ 12.000.-) a partir del mes de Abril hasta Diciembre de 2021, inclusive.-

ARTICULO 4º.- Los montos acordados deberán efectuarse con cargo a la siguiente partida:

Jurisdicción: 1110101000 Unidad Intendente

Programa 01.01.00 Administración y Conducción Unidad Intendente

Fuente de Financiamiento: 132 De Origen Provincial

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.8.0 Transferencias para el Aprendizaje, Enseñanza e Investigación

ARTICULO 5º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Cultura y Educación.-

ARTICULO 6º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-