Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 334/2021
Adolfo Gonzales Chaves, 22/03/2021
Visto
El Expediente 4055-9-2021, Cuerpo II, Ref. Programa Fortalecimiento Familiar Ley 13.163; y
Considerando
Lo solicitado a fojas 238/239 y 242/243;
Lo informado por Contaduría Municipal a fojas 249;
Por ello;
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Déjase sin efecto, la ayuda económica otorgada por el Artículo 1º del Decreto Nº 119/2021, a la beneficiaria del Programa de Fortalecimiento Familiar, Sra. Claudia Liliana GANIM, DNI Nº 27.319.990, a partir del 1º de Marzo de 2021.-
ARTICULO 2º.- Otórgase a los beneficiarios del Programa de Fortalecimiento Familiar detallados seguidamente, la suma estipulada para cada uno de ellos, en los siguientes periodos:
Pesos Ocho Mil ($ 8.000) mensuales, desde Abril a Julio de 2021 inclusive a:
SILVA Agustín, DNI Nº 42.946.256
Pesos Cuatro Mil ($ 4.000) mensuales, desde Abril a Septiembre de 2021 inclusive a:
RODRIGUEZ Carlos Alberto, DNI Nº 18.227.575
ARTICULO 3º.- Modifíquense el monto y el periodo, de la ayuda económica otorgada por Decreto nº 70/2021, a la beneficiaria del Programa Fortalecimiento Familiar, Sra. Carolina FERREIRO, DNI Nº 37.785.335, la cuál será de Pesos Tres Mil Quinientos ($ 3.500) mensuales, desde el mes de Marzo hasta el mes de Diciembre de 2021, inclusive.-
ARTICULO 4º.- El gasto mencionado en los Artículos 2º y 3º, se imputará con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110101000 Unidad Intendente
Programa 17.01.00: Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales Ley 13.163
Fuente de Financiamiento 132: de Origen Provincial
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.3.0 Becas
ARTICULO 5º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Acción Social.-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-