Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1208/21
San Andrés de Giles, 10/05/2021
Visto
Que el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión Ordinaria celebrada el día 6 de mayo de 2021 , sancionó la ordenanza Nº 27/21 ; y
Considerando
Que el artículo 108º Inciso II de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que es facultad del Departamento Ejecutivo promulgar o vetar las Ordenanzas que sanciona el Honorable Concejo Deliberante.
Por ello el Intendente Municipal en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Promulgar la ordenanza Nº 27/21 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión Ordinaria celebrada el día 6 de mayo de 2021 en virtud de la cual se dispone homologar el Acta de Adhesión al “Fondo Nacional Solidario de Vivienda, suscripta entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Habitat de la Nación y La Municipalidad de San Andrés de Giles; con fecha 27 de enero de 2021; que como Anexo I, forma parte integrante de la referida Ordenanza y homologar el Acta de Adhesión al “Programa Casa Propia- Construir Futuro” suscripta entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Habitat de la Nación y La Municipalidad de San Andrés de Giles; con fecha 27 de enero de 2021; que como Anexo II , forma parte integrante de la misma Ordenanza.
ARTICULO 2º: Registrar, dar vista a las áreas cuya intervención corresponda en virtud de la naturaleza de la norma, publicar y archivar.
ORDENANZA Nº 27/21
Vistas:
Las actuaciones contenidas en el Expediente Administrativo Municipal Nº 4101-10470-0-2021;
El Acta de Adhesión al “Fondo Nacional Solidario de Vivienda, suscripta entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Habitat de la Nación y La Municipalidad de San Andrés de Giles; con fecha 27 de enero de 2021;
El Acta de Adhesión al “Programa Casa Propia- Construir Futuro, celebrada entre los mismos organismos en igual fecha; y
Considerando:
Que en el marco del primer acuerdo, La Municipalidad de San Andrés de Giles, manifiesta expresamente su adhesión al “Fondo Nacional Solidario de la Vivienda”, comprometiéndose las partes intrevinientes se comprometen a instar los mecanismos administrativos que resultan necesarios para efectivizar el recupero del financiamiento aportado por el Estado, sobre la base de un sistema solidario , que tenga en cuenta los ingresos de cada familia adjudicataria de una vivienda y hasta un máximo de 360 cuotas, el cual integrará el FONDO NACIONAL SOLIDARIO DE VIVIENDA;
Que en relación al Acta de Adhesión al “Programa Casa Propia- Construir Futuro” , las partes asumen el compromiso de desarrollar en forma conjunta , las acciones necesarias para posibilitar la ejecución de los proyectos a realizarse bajo la órbita del “PROGRAMA CASA PROPIA- CONSTRUIR FUTURO” en el marco de su jurisdicción y competencia y sujeto al cumplimiento de las condiciones técnicas administrativas , legales y presupuestrias, que posibiliten la ejecución de los proyectos que se aprueben;
Que para la implementación de las acciones necesarias a los fines de brindar cumplimiento a lo previsto en las cláusulas precedentes, la Secretaría del Habitat dependiente del Ministerio de Desarrollo Territorial y Habitat de la Nación y la Municipalidad de San Andrés de Giles, han manifestado su compromiso de suscribir los convenios Específicos que resulten pertinentes , por cada proyecto a ejecutarse conforme la aprobación definitiva de los mismos;
Que todo aquello que resulte inherente – entre otras incumbencias de importancia- a las políticas de promoción del reequilibrio social y territorial y de desarrollo de vivienda, habitat e integración socio –urbana; constituye una premisa básica en la agenda de toda gestión gubernamental y de manera especial de la administración Municipal.
Que han intervenido en las actuaciones del expediente mencionado supra, mediante la formulación de sus respectivos dictámenes, La señora Directora de Planeamiento y Obras Particulares, el Arq. Gustavo Colombo del Area de Habitat y Vivienda de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, la señora Contadora Municipal Interina y el señor Asesor Letrado Municipal Interino, siendo sus dictámenes favorables a la continuidad del circuito que corresponde al expediente;
Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante su intervención en la homologación de acuerdos celebrados con Organismos Gubernamentales Nacionales, en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica de las y sus modificatorias;
Por ello el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades , sanciona la presente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Homologar el Acta de Adhesión al “Fondo Nacional Solidario de Vivienda, suscripta entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Habitat de la Nación y La Municipalidad de San Andrés de Giles; con fecha 27 de enero de 2021; que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2º. Homologar el El Acta de Adhesión al “Programa Casa Propia- Construir Futuro” suscripta entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Habitat de la Nación y La Municipalidad de San Andrés de Giles; con fecha 27 de enero de 2021; que como Anexo II , forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3º: A los efectos de implementar las acciones necesarias para brindar cumplimiento a lo previsto en las cláusulas establecidas en cada una de las actas que por la presente ordenanza se homologan , autorizar al señor Intendente Municipal a suscribir los convenios especígicos que resulten pertinentes , por cada proyecto a ejecutarse conforme aprobación definitiva de los mismos, como así tambien a suscribir toda la documentación que resulte necesaria para para el cumplimiento de lo establecido en la presente ordenanza.
ARTICULO 4º: De forma.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante durante la Sesión Ordinaria celebrada el día 6 de mayo de 2021.
Firmado
Eloisa Arina Gustavo Lennard
Secretaria del HCD Presidente del HCD