Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 1194/21
General Pueyrredon, 26/07/2021
Visto
el expediente Nº 6057/9/2021, cpo.01, referido a la realización de la obra de extensión de la red de gas natural, según Proyectos de la COOPERATIVA BATÁN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS LTDA. Nº P.O.: 29 IVM079-16-2020, P.O.:04 IIC083-08-2021, P.O.: IVM078-01-2020, P.O.: 28 IIC023-12-2020 y P.O.: 06 IIC104-04A 2021 según planos obrantes a fs. 3/7 inclusive del presente expediente, en el sector comprendido por las siguientes calles de la ciudad de Batán:
Considerando
Que la COOPERATIVA BATÁN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS LTDA. ha dado cumplimiento con el pago de los derechos de instalación inicial según comprobantes Nº 9800-11349629 y 9800-11363751 de fs. 30 y 31 respectivamente y del depósito de garantía según Recibo Nº 9000-01095571 de fs. 33.-
Que la COOPERATIVA BATÁN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS LTDA. presenta constancia de las correspondientes interferencias otorgadas por las empresas prestadoras de servicios en el sector donde ha sido proyectada la obra de extensión de la red de gas natural , obrante a fs. 16/29.
Que ante la situación de emergencia sanitaria que se ha producido por el COVID – 19, se deberá utilizar el protocolo de prevención para proteger la salud de los trabajadores en la obra determinado por la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano.
Por ello, y en uso de las atribuciones delegadas por el Decreto Nº 916/2020,
EL SECRETARIO DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º. - Conceder permiso de trabajo en la vía pública a la COOPERATIVA BATÁN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS LTDA.- CUIT 30-54566680-0 – REGISTRO DE EMPRESAS COOPERATIVAS CONSTRUCTORAS DE OBRAS DE INFRAESTRCUTURA DEPENDIENTE DE LA DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS Nº 5 en su carácter de Concesionaria del Servicio de Gas Natural y Contratista Instaladora Autorizada en Batán por el ENARGAS, al Ing. ROBERTO SPICACCI, M.P. 46.948, CUIT 20-17.871.810-0, como proyectista y director ejecutivo de la misma, para realizar la ampliación de extensión de la red de gas natural en el sector comprendido por las siguientes calles de la ciudad de Batán:
b1) El responsable de los trabajos indicará los sitios a señalar y las características de la señalización a colocar, según las particularidades de la obra. Estos sistemas de señalización (carteles, vallas, balizas, cadenas, sirenas, tarjetas, etc.) se mantendrán, modificarán y adecuarán según la evolución de los trabajos y sus riesgos emergentes.
b2) Las señales visuales serán confeccionadas en forma tal que sean fácilmente visibles a distancia y en las condiciones que se pretenden sean observadas. Se utilizarán leyendas en idioma español, pictogramas, que no ofrezcan dudas en su interpretación y usando colores contrastantes con el fondo.
ARTÍCULO 3º.- Otórgase un plazo de noventa (90) días para la terminación total de los trabajos, a partir de la firma del Acta de Inicio.
ARTÍCULO 4º. - Que a fs. 16/29 inclusive obran las interferencias otorgadas por las empresas prestadoras de servicios en el sector donde ha sido proyectada la obra de extensión de la red de gas natural.
ARTÍCULO 5º.- La Empresa deberá dar cumplimiento al protocolo de prevención para proteger la salud de los trabajadores en la obra determinado por la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano, ante la situación de emergencia sanitaria que se ha producido por el COVID–19.
ARTÍCULO 6º. - Dejar expresamente aclarado que la autorización otorgada por la presente, está condicionada al compromiso de la Cooperativa de efectuar el retiro o traslado de las instalaciones cuando las mismas afecten o restrinjan los derechos de los propietarios frente a cuyos inmuebles se ejecuten las obras o en circunstancias en que así lo exija la Municipalidad, con motivo de trabajos y obras públicas que colisionen con las instalaciones de referencia.
ARTÍCULO 7º. - Establécese que la presente Resolución se acuerda para realizar esta obra bajo la exclusiva responsabilidad de la Cooperativa y de la Contratante dentro de las condiciones y normas previstas en el Pliego Tipo, Reglamento de Extensiones de Red de Gas Natural y disposiciones vigentes del ENARGÁS, siendo además de aplicación, a todos los efectos emergentes de la presente Resolución, las disposiciones de la Ordenanza General N° 165/73 -, T.O. según Decreto N° 1138/86, Cap. I Art. 9° inc. b) y Art. 132º inc. b) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, obra de costo cubierto.-
ARTÍCULO 8º. - Fijar en trescientos sesenta (360) días la vigencia de la presente autorización. Si vencido el plazo no se han dado comienzo a los trabajos, la misma caducará automáticamente.
ARTÍCULO 9º. – Regístrar, dar al Boletín Municipal y notifíquicar del presente por intermedio del Departamento Control Obras de Gas y Electromecánicas a la Cooperativa.
JLG/ndd.
GONZALEZ
REGISTRADO BAJO Nº1194