Boletines/Quilmes

Decreto Nº1648/2021

Decreto Nº 1648/2021

Quilmes, 04/06/2021

Visto

el Expediente 4091-3777-1-2021 Alcance O; iniciado por la Empresa Aguas y Saneamientos Argentinos S.A., cuyo objeto es la solicitud de la factibilidad para la ejecución de la obra "Red Primaria de Agua Interconexión de Pozos - Florencio Varela - Etapa 1 (SA 70254)", en el Partido de Quilmes; y

 

Considerando

Que la Empresa Aguas y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA S.A.), solicitó la factibilidad para la ejecución de la Obra denominada "Red Primaria de Agua Interconexión de Pozos - SA 70254", en el Partido de Quilmes; 

Que la obra a ejecutar consiste en la ejecución de cañería de interconexión de pozos de agua potable, ejecución de cámaras y refuerzo de la red existente desarrollada dentro del partido de Florencio Varela y Quilmes; 

Que dentro de la jurisdicción de Quilmes la cañería recorrerá por la vereda de la calle Ecuador entre Pedro Elustondo y Miguel Cané y por la vereda de la calle Miguel Cané entre Ecuador y Florida; 

Que la obra se ejecutará a cielo abierto con una extensión de SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO (865) metros lineales sobre vereda, dentro del Municipio de Quilmes, de cañería PVC con diámetro nominal DOSCIENTOS VEINTICINCO (225) milímetros y ejecutará DOS (2) cámaras para válvula de aire de diámetro nominal CIEN (100) milímetros y para toma para motobomba de diámetro nominal CIENTO CINCUENTA (150) milímetros; 

Que la traza de la obra se ejecutará en la vía pública resultando afectadas aceras y calzadas; 

Que el Departamento de Pavimentos y Desagües ha tomado la intervención que es de su competencia informando que existen desagües pluviales en el sector en que se ejecutarán las obras; 

Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia resulta necesario otorgar la factibilidad para la ejecución de la obra  cuyo objetivo es la interconexión de pozos de agua potable, ejecución de cámaras y refuerzo de la red existente; 

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 11 del artículo 108 del Decreto-Ley N.º 6769/1958;

Por todo lo expuesto;

LA INTENDENTA MUNICIPAL

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE la factibilidad a la empresa Aguas y Saneamiento Argentina S.A. (AySA S.A.), para la ejecución de la Obra denominada "Red Primaria de Agua Interconexión de Pozos - Florencio Varela - SA 70254", a ejecutarse por la vereda de la calle Ecuador entre Pedro Elustondo y Miguel Cané y por la vereda de la calle Miguel Cané entre Ecuador y Florida  del Partido de Quilmes.-

ARTJCULO 2°: La factibilidad otorgada en el artículo anterior no implica autorización para la ejecución de la obra. Con la presentación del proyecto definitivo, se deberá realizar una descripción pormenorizada de las afectaciones en acera y calzada. -

ARTÍCULO 3°: Deberá abstenerse de efectuar roturas en los pavimentos, salvo en aquellos casos en que fundamentos sólidos requieran  tal medida en virtud de la ejecución de la obra. -

ARTÍCULO 4°: La Empresa deberá notificar a los vecinos frentistas del inicio de la obra con plazo no menor de DIEZ (10) días hábiles de antelación. -

ARTÍCULO 5°: El presente tiene una vigencia de SEIS (6) meses contados desde la suscripción del mismo. Vencido dicho plazo sin que se inicie la obra,  se deberá ratificar la solicitud de factibilidad.-

ARTÍCULO 6°: Cuando se ejecuten trabajos en las redes primaria y secundaria de rutas, dentro del partido de Quilmes, se deberá solicitar la pertinente autorización a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires. En el caso del cruce de arroyos se deberá solicitar la correspondiente autorización a la Dirección de Hidráulica y/o autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires. Ante la necesidad de producirse el cruce de vías, deberá solicitarse la autorización pertinente al órgano competente. -

ARTÍCULO 7°: AUTORÍZASE al Director de Obras de Terceros dependiente de la Subsecretaría de Obras e Infraestructura de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra Pública del Municipio de Quilmes a suscribir el correspondiente permiso de ejecución de obra. -

ARTÍCULO 8°: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 9°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.-

LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO                                 MAYRA S. MENDOZA

JEFE DE GABINETE                                                        INTENDENTA

MUNICIPALIDAD DE  QUILMES                             MUNICIPALIDAD DE QUILMES

                    Dr. CLAUDIO H. CARBONE

                      Secretario Legal y Técnico

               MUNICIPALIDAD DE QUILMES         

       Arq. CECILIA SOLER                                                       

    Secretaría de Desarrollo                                                    

     Urbano y Obra Pública                                                

 MUNICIPALIDAD DE QUILMES

DECRETO 1648/2021