Boletines/Tandil

Decreto Nº2234/2021

Decreto Nº 2234/2021

Tandil, 20/07/2021

Visto

La Licitación Pública Nº 41-01-19 “Ampliación y refacción. Escuela Secundaria N° 2”; y

Considerando

Que mediante DECTO-2020-546-E-MUNITAN-INT del 27 de Febrero de 2020 se procedió a la adjudicación a la firma Cooperativa Falucho de Vivienda Ltda. de la presente licitación, por la suma total de Pesos dieciseis millones doscientos noventa y ocho mil sesenta y tres con setenta y ocho centavos ($ 16.298.063,78).

Que conforme al pliego de Bases y Condiciones de la Licitación expresamente en su artículo 77° menciona que en el supuesto de que se produzcan variaciones significativas en los costos, la redeterminación de precios se efectuará a requerimiento del adjudicatario, conforme lo normado en el Decreto 367/17 E de la Provincia de Buenos Aires.

Que el Decreto N° 367/17 E de la Provincia de Buenos Aires y la Resolución 217/17 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos reglamentario de aquel, prevé que los contratistas podrán optar por solicitar adecuaciones provisorias sucesivas y una redeterminación al final del contrato o solo ésta última.

Que mediante DECTO-2021-373-E-MUNITAN-INT se aprobó la Adecuación provisoria N° 1 de dicha obra, por al suma de Pesos un ochocientos noventa y siete mil novecientos cuatro con diez centavos ($ 897.904,10).

Que la firma Falucho Cooperativa de Vivienda Ltda. ha presentado la solicitud de Adecuación Provisoria N° 2 de precios el 15 de octubre de 2020, conforme a la estructura de ponderación de insumos principales, expresando que la variación de precios ha superado el cinco por ciento previsto en la norma a partir de la fecha de apertura de la licitación.

Que ha tomado intervención la Secretaría de Gobierno a través de su profesional contratado para el seguimiento de obras del Fondo de Financiamiento Educativo, quien certifica a fs. 3 que al momento de la variación del precio de referencia la empresa cumplía con el Plan de Trabajo aprobado.

Que a fs 7/9 interviene el área Gestión de Proceso, concluyendo sobre la factibilidad de adecuar los precios del contrato a partir del mes de Agosto de 2020 en seis con cincuenta y dos por ciento (6,52 %).

Que se han expedido al respecto la Secretaría de Economía y Adminitsración y la Contaduría General.

Por todo ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Redetermínase el valor de la Licitación Pública Nº 41-01-19 “Ampliación y refacción. Escuela Secundaria N° 2” adjudicada a la firma Cooperativa Falucho de Vivienda Ltda. por el monto total de Pesos dieciocho millones trescientos dieciseis mil ochocientos noventa y uno con veinte centavos ($ 18.316.891,20).

Artículo 2º: Establécese, por aplicación del Artículo 1° del presente Decreto, el valor de la Adecuación Provisoria N° 2 en Pesos un millón cientos veinte mil novecientos veintitres con treinta y dos centavos ($ 1.120.923,32).

Artículo 3º: El valor determinado en el Artículo 1° se aplicará a partir del Certificado de Obra y Acta de Medición correspondiente al mes de Agosto de 2020. Los precios por ítem determinados por aplicación del nuevo valor adecuado se adjunta como Anexo I y se considera parte del presente Decreto.

Artículo 4º:La erogación respectiva se imputará a la partida mencionada por la Dirección de Presupuesto en elinforme obrante en el presente expediente. (Fuente de Financiamiento 132 – Recursos Afectados de Origen Provincial, Rubro de Afectación 17.5.01.53).

Artículo 5º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 6º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario)      -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                                 Secretaría de Gobierno                   -                  Intendencia

Anexos

ANEXO I

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