Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 1164/21
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 20/07/2021
ARTÍCULO 1º.- Designar a las agentes que seguidamente se detallan, en los cargos y establecimientos educacionales que se consignan, durante los periodos que en cada caso se indican:
ORIENTADOR EDUCACIONAL (C.F. 9-31-99-06)
a) U.E. 08-02-2-1-2-07 – ESCUELA Nº 7 “Cruz Roja Argentina”
PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA (C.F. 9-01-99-02)
b) U.E. 08-02-2-1-3-13 – ESCUELA SECUNDARIA MUNICIPAL
ARTÍCULO 2º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR FUNCIÓN DIFERENCIADA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6º.- Acordar, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38º de la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para Amezaga: Programático 25-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - para de Luis: Programático 26-00-00 - Fin/Fun. 3-4-3 - para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 3 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 4º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 14 - para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 6 - para el Art. 6º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 3 - F.Fin. 1-3-1.
ARTÍCULO 8º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal.
p.m.
PUGLISI