Boletines/Lobería
Decreto Nº 715-21
Lobería, 13/05/2021
AUTORIZASE la CONTRATACIÓN.
Visto
Lo dispuesto en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Ley Provincial Nº 8.078/73, el Expediente Nº 4066-764/21, la nota N° 11.918/21, y
Considerando
QUE, atento a la necesidad de cubrir el servicio de guardias generales en el Hospital Municipal “Gaspar M. Campos” y no contando con suficiente personal idóneo en Planta Permanente, resulta necesario proceder a la contratación de un profesional de la salud;
QUE, se publicaron edictos en “Ecos Diarios” y en el Boletín Oficial y se libraron oficios al Distrito IX del Colegio de Médicos y a la Dirección Ejecutiva de la Región Sanitaria VIII del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, a fin de dar publicidad a dicho requerimiento;
QUE, cumplido los plazos legales no se presentó ningún interesado a cubrir el servicio;
QUE, la Asesoría Letrada emite dictamen informando que están dadas las condiciones para que las guardias sean realizadas por la referida profesional, atento a estar comprendida en el régimen de compatibilidad autorizada por el artículo 2 inciso b) del Decreto Ley 8.078/73;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTICULO 1º AUTORIZASE la CONTRATACIÓN de los Dres. OSCAR ALFREDO ELISECHE, D.N.I. N° 18.482.512, Legajo N° 1.463 y FRANCESCO FIORAMONTI, D.N.I. Nº 23.406.879, Legajo N° 1.573 para cubrir el servicio de guardias médicas en el servicio de emergencias y servicio de internación los días de semana y/o fines de semana y/o feriados en el Hospital Municipal “Gaspar M. Campos”, según las necesidades de cobertura del servicio.
ARTÍCULO 2° AUTORIZASE la CONTRATACIÓN de la Dra. SANDRA ARGÜELLO, Legajo N° 10.809, D.N.I. N° 22.495.842, para cubrir guardias médicas los días de semana y/o fines de semana y/o feriados en el Centro de Salud de San Manuel, a requerimiento del servicio.
ARTICULO 3º ELABORESE por intermedio de Asesoría Letrada el respectivo Contrato de Servicios.
ARTICULO 4º Notifíquese, tomen conocimiento Asesoría Letrada, Oficina de Personal, Centro de Salud de San Manuel, Dirección Administrativa del Sistema Municipal de Salud, Centro de Salud de San Manuel y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHIVESE.
PABLO J. BARRENA JUAN JOSÉ FIORAMONTI
SECRETARIO DE GOBIERNO INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETO Nº 715-21