Boletines/Nueve de Julio

Resolución Nº13/21

Resolución Nº 13/21

Nueve de Julio, 22/07/2021

Visto

Las notas NO-2021-0018501-MUNINUE-DGRH#SG y NO-2021-00019764-MUNINUE-DGRH·SG.

El dictamen del Sr. Asesor Legal y Técnico de la Municipalidad de 9 de Julio

La Ordenanza 5610/15 de Estatuto del Empleado Municipal.

Considerando

Que en fecha 25 de junio de 2021 mediante NO-2021-0018501-MUNINUE-DGRH#SG, desde el área de recursos humanos se pone en conocimiento que el agente Uarte Sergio Fabián, con Legajo Administrativo Nº 341517, desde el día 27 de mayo de 2021 se ha ausentado a su puesto de trabajo sin justificar sus inasistencias y ni ha retomado sus tareas habituales.

Que en virtud de lo informado y las inasistencias reiteradas, el día 30 de junio de 2021 se procedió a intimar al agente Uarte Sergio Fabian, por medio de carta documento CD130822161, a que justifique sus inasistencias y a que en el plazo de un (1) día hábil subsiguiente a dicha notificación se reintegre a su puesto de trabajo bajo apercibimiento de considerarlo incurso en abandono de trabajo y decretar su cesantía por tal motivo.

Que la carta documento fue entregada al destinatario en fecha 2 de julio de 2021 conforme constancia obrante en el fojas 4 de la Nota mencionada en el visto.-

Que conforme NO-2021-00019764-MUNINUE-DGRH#SG hasta el día de la fecha no se ha recibido contestación alguna sobre dicha misiva como tampoco la agente se ha presentado a su puesto de trabajo.

Que en razón de ello la Directora de Recursos Humanos elevó en fecha 12 de julio de 2021 las actuaciones a la Asesoría Legal y Técnica de la Municipalidad de 9 de Julio, a fin de que se emita pronunciamiento respecto a la situación del agente.

Que en fecha 15 de Julio de 2021 el Sr. Asesor Legal y Técnico de la Municipalidad de 9 de Julio emite dictamen, el cual obra en fojas 5 y 5vta de la NO-2021-0018501-MUNINUE-DGRH#SG.

Que es por todo ello que se tienen por acreditadas 5 o más inasistencias injustificadas consecutivas del trabajador.

Que por estos motivos el caso configura un notorio abandono al puesto de trabajo, teniendo como consecuencia esta conducta la efectivización del apercibimiento dispuesto en la intimación oportunamente cursada.

Por ello, el señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones conferidas por el articulo 108 inc. 17 de la Ley Orgánica de la Municipalidades, RESUELVE:

ARTICULO 1º: Disponer la sanción disciplinaria de cesantía por abandono a su puesto de trabajo (art. 64 inc 2 d Ordenanza 5610/2015) del agente municipal UARTE SERGIO FABIAN, Legajo Administrativo Nº: 341517, por los fundamentos expresados en los Considerandos del presente, teniendose por configurada la causal dispuesta en el artículo 66 inc. 7 de la Ordenanza 5610/2015 Estatuto para el empleado municipal de la municipalidad de 9 de julio.-

ARTICULO 2º: Autorizase a liquidar los haberes y demás remuneraciones que correspondieren en virtud de la relación de empleo público que por el presente se extingue.

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.