Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 6419/2021
Nueve de Julio, 08/07/2021
LOTE PROGRAMA “PLAN FAMILIA PROPIETARIA” - AUTORIZA A ESCRITURAR CON GRAVAMEN HIPOTECARIO.
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 4082-1075/16 Alcance 48.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a la Ordenanza Nº 5271/2013 obrante a fojas 4 a 7, Acta de adjudicación de fojas 2 y boleto de compraventa de fojas 28 del expediente referenciado en el Visto de la presente, resulta adjudicataria del lote identificado como Circunscripción XII, Sección B, Quinta 10, Manzana 10b, Parcela 24 del Partido de 9 de Julio, al señor DIEGO ADRIAN ZARATE (D.N.I. Nº 29.671.413) .
Que del informe de la señora Delegada de Dudignac de fojas 10 y 11 del expediente administrativo surge que el grupo familiar habita el inmueble construído en el lote en cuestión.
Que a fojas 12 el señor Secretario de Vivienda y Urbanismo considera cumplido el cargo de construcción.
Que a fojas 2 obra el boleto de compraventa confeccionado por la Dirección de Urbanizaciones Sociales Planificadas, Dirección Provincial de Tierras, Subsecretaría de Tierras y Acceso Justo al Hábitat de la Provincia de Buenos Aires, suscripto por las partes, estableciendo derechos y obligaciones.
Que a fojas 38 obra minuta contable a los fines de constituir hipoteca en primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.
Que a fojas 44 y 45 del expediente referido en el Visto, la Dirección General de Ingresos Públicos adjunta la deuda por reintegro de plan familia propietaria.
Que de conformidad al Artículo 54 y concordantes de la ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Municipalidad.
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase al Señor Intendente Municipal conjuntamente con la Escribanía General de Gobierno a extender la escritura traslativa de dominio del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XII, Sección B, Quinta 10, Manzana 10b, Parcela 24 del Partido de 9 de Julio perteneciente al Programa “Plan Familia Propietaria”, en favor del señor DIEGO ADRIAN ZARATE (D.N.I. Nº 29.671.413), con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio conforme el precio de venta de la vivienda.
ARTICULO 2º: Establézcase hipoteca de primer grado en favor de la Municipalidad de 9 de Julio, de conformidad a la siguiente minuta contable : - Precio de Venta sin interés al 26/05/2021: pesos veinticuatro mil ($ 24.000). - Valor de las cuotas sin interés: pesos cuatrocientos ($ 400). - Cantidad de cuotas: sesenta (60) - Cuotas abonadas: tres (3) - Saldo hipotecario sin interés a mayo de 2021: pesos veintidós mil ochocientos ($ 22.800).
ARTICULO 3º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º inciso d) de la Ley 10.830 la escrituración de la venta del lote a favor de la beneficiaria procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, autorizándose a escriturar el inmueble objeto de la presente con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.
ARTÍCULO 4º: En la escritura deberá dejarse constancia que “la beneficiaria no podrá transferir el lote por el término de cinco (5) años, bajo condición resolutoria y que se compromete a que la construcción levantada en el terreno entregado será destinada a vivienda única y de ocupación permanente del grupo familiar. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio mediante retrocesión”.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.