Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 6416/2021
Nueve de Julio, 08/07/2021
LOTE PROGRAMA “PLAN FAMILIA PROPIETARIA” - AUTORIZA A ESCRITURAR CON GRAVAMEN HIPOTECARIO.
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 4082-1075/16 Alcance 1.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a la Ordenanza Nº5440/2014 obrante a fojas 9 y 10, Acta de adjudicación de fojas 2 y boleto de compraventa de fojas 3 y 4 del expediente referenciado en el Visto de la presente, resulta adjudicataria del lote identificado como Circunscripción XII, Sección B, Quinta 10, Manzana 10a, Parcela 01 del Partido de 9 de Julio, la señora NATALIA DANIELA MONRRG (D.N.I. Nº 35.017.704).
Que del informe de la señora Delegada de Dudignac de fojas 12 y 13 del expediente administrativo surge que el grupo familiar habita el inmueble construído en el lote en cuestión. Que a fojas 14 el señor Secretario de Vivienda y Urbanismo considera cumplido el cargo de construcción.
Que a fojas 3 y 4 obra el boleto de compraventa confeccionado por la Dirección de Urbanizaciones Sociales Planificadas, Dirección Provincial de Tierras, Subsecretaría de Tierras y Acceso Justo al Hábitat de la Provincia de Buenos Aires, suscripto por las partes, estableciendo derechos y obligaciones.
Que a fojas 37 obra minuta contable a los fines de constituir hipoteca en primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.
Que a fojas 38 del expediente referido en el Visto, la Dirección General de Ingresos Públicos adjunta la deuda por reintegro de plan familia propietaria.
Que de conformidad al Artículo 54 y concordantes de la ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Municipalidad.
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase al Señor Intendente Municipal conjuntamente con la Escribanía General de Gobierno a extender la escritura traslativa de dominio del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XII, Sección B, Quinta 10, Manzana 10a, Parcela 01 del Partido de 9 de Julio perteneciente al Programa “Plan Familia Propietaria”, en favor de la señora NATALIA DANIELA MONRRG (D.N.I. Nº 35.017.704), con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio conforme el precio de venta de la vivienda.
ARTICULO 2º: Establézcase hipoteca de primer grado en favor de la Municipalidad de 9 de Julio, de conformidad a la siguiente minuta contable : - Precio de Venta sin interés al 18/05/2021: pesos doce mil ($ 12.000). - Valor de las cuotas sin interés: pesos doscientos ($ 200). - Cantidad de cuotas: sesenta (60) - Cuotas abonadas: cero (0) - Saldo hipotecario sin interés a mayo de 2021: pesos veintidós mil seiscientos cuarenta y seis con 10/100 ($ 22.646,10).
ARTICULO 3º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º inciso d) de la Ley 10.830 la escrituración de la venta del lote a favor de la beneficiaria procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, autorizándose a escriturar el inmueble objeto de la presente con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.
ARTÍCULO 4º: En la escritura deberá dejarse constancia que “la beneficiaria no podrá transferir el lote por el término de cinco (5) años, bajo condición resolutoria y que se compromete a que la construcción levantada en el terreno entregado será destinada a vivienda única y de ocupación permanente del grupo familiar. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio mediante retrocesión”.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.