Boletines/Nueve de Julio

Ordenanza Nº6412/2021

Ordenanza Nº 6412/2021

Nueve de Julio, 08/07/2021

CENTRO DE EX RESIDENTES DE 12 DE OCTUBRE : TASA RETRIBUTIVA DE SERVICIOS URBANOS– CONDONACION DE DEUDA.

VISTO:

El Expediente Electrónico Municipal Nº EX-2019-00014417- -MUNINUE-MESAE#SAH.

CONSIDERANDO:

Que en el orden 47 del expediente mencionado en el Visto, la entidad CENTRO DE EX RESIDENTES DE 12 DE OCTUBRE solicita la condonación de deuda por Tasa Retributiva de Servicios Urbanos de la partida Nº 36085, adjuntando copia de la Ordenanza de donación, como indicador de la titularidad de dominio de la misma.

Que en el número de orden 54 La Dirección de Gestión Judicial informa que ni la entidad ni la partida no poseen juicio de apremio iniciado.

Que en número de orden 55 se deja constancia que la entidad no posee deudas por faltas municipales.

Que en el número de orden 72 La Dirección de Relaciones con la Comunidad informa que la entidad se encuentra al día con la documentación requerida por este municipio.

Que en el número de orden 69 del expediente se adjunta informe de deuda de la entidad, correspondiendo a ejercicio vencido.

Que de conformidad a la documentación adjunta al expediente se encuentran acreditados los extremos solicitados por el Artículo 59 punto V incisos a) y b) de la Ordenanza Fiscal vigente, por ello el Secretario de Administración y Hacienda a número de orden 67 considera que si se tratare un deuda de ejercicio vigente se otorgaría una exención, por lo que se sugiere dar curso a la condonación solicitada.

Que la condonación de una deuda configura el perdón o remisión de la deuda y eventualmente sus accesorios (intereses, recargos, etc) operando para el pasado sobre deudas ya devengadas. Por ello, se entiende que es una atribución ínsita que poseen los órganos que tienen la facultad para crear el tributo.

Que, en el supuesto que se plantea, la condonación es una potestad que puede ejercer el Honorable Concejo Deliberante.

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Condonase al contribuyente CENTRO DE EX RESIDENTES DE 12 DE OCTUBRE la deuda por la Tasa Retributiva de Servicios Urbanos por el inmueble Partida Nº 36085, (Circ. I, Secc B, Qta 10, Mz 10B, Parc 2) por los períodos 01/2020 hasta 12/2020 inclusive, por la suma que asciende a pesos veintiún mil ochocientos cuatro con 81/100 ($ 21.804,81) al día 12/05/2021, con más los intereses generados hasta la efectiva promulgación de la presente y por los períodos mencionados.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.