Boletines/Rauch
Decreto Nº 228/21
Rauch, 05/03/2021
Visto
el Expte. Nº 4093-15019/20, Licitación Privada nro. 1/20 - “Construcción de un módulo de dos viviendas unifamiliares apareadas de 55 m2 cada una y un módulo de dos viviendas unifamiliares apareadas de 64 m2 cada una – 1era Etapa”.-
El Convenio suscripto entre la Municipalidad de Rauch y la Secretaría de Vivienda del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda.-
El Pliego de Bases y Condiciones - Cláusulas Generales, Cláusulas Particulares y Especificaciones Técnicas correspondientes.-
El Acta de apertura de sobres.-
Los Decretos Municipales N° 295/20, Nº 434/20 y Nº 634/20.-
La nota remitida por la Dirección de Planeamiento y Obras.-
El Artículo 21 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.-
El acta suscripta el día de la fecha.-
El Reglamento de Contabilidad.-
La Ley Orgánica de las Municipalidades; y
Considerando
Que por expediente Nº 4093-15019/20 tramita Licitación Privada para la Construcción de un Módulo de dos viviendas unifamiliares apareadas de 55 m2 cada una y un Módulo de dos viviendas unifamiliares adaptadas de 64 m2 cada una, 1era. Etapa, cuyo llamado se efectuó por Decreto N° 295/20.
Que la necesidad de la obra radica en la posibilidad de dar una solución habitacional a nuestros vecinos de Rauch garantizando el acceso a su vivienda propia, familiar y de ocupación permanente, siendo por tanto una obra de vital importancia para el Municipio.
Que asimismo la construcción de obras como las previstas posibilita la contratación de empresas locales para su ejecución promoviéndose así una oportunidad de empleo para nuestros ciudadanos, constituyendo ello uno de los objetivos esenciales de nuestra gestión de gobierno.
Que conforme surge del Acta de apertura de sobres obrante en las actuaciones se registraron un total de siete (7) propuestas, correspondientes a Cooperativa de Trabajo Mayo Limitada, Sr. Martiniano Raúl Casal, Sr. Juan Antonio Casal, Sr. Juan Carlos Miller, Coframat S.R.L, y Sr. Luis Roberto Ferrari.
Que mediante Decreto Nº 434/20 se adjudicó, conforme su artículo primero, a la Cooperativa de Trabajo Mayo Limitada la construcción de tres módulos de dos viviendas unifamiliares apareadas de 55 m2 cada una y, por el Decreto Nº 634/20, la construcción de un módulo más de iguales características.
Que dicha adjudicación parcial de la obra se resolvió teniendo principalmente en cuenta que el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Rauch y la Secretaría de Vivienda del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda para la ejecución del proyecto denominado “Treinta (30) viviendas e infraestructura en la Localidad de Rauch, Provincia de Buenos Aires”, que motivó el llamado a licitación para la ejecución de su primera etapa, prevé que el Fideicomiso, transferirá, en función de las disponibilidades presupuestarias existentes, la suma de Unidades de Vivienda que correspondan.
Que, en ese entendimiento, se adjudicó un total de cuatro módulos de dos viviendas unifamiliares apareadas, a fin de no comprometer financieramente a la comuna, y al mismo tiempo garantizar la ejecución de la obra adjudicada.
Que mediante la nota remitida por la Dirección de Planeamiento y Obras del Municipio se informa que según Expediente Nº EX2021-03044137-APN-DGDYD#MDTYH se ha aprobado el nuevo cronograma de trabajo presentado por dicha dependencia ante la Subsecretaría de Políticas de Vivienda e Infraestructura del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, para la ejecución del proyecto denominado “Treinta (30) viviendas e infraestructura en la Localidad de Rauch, Provincia de Buenos Aires”, por lo que solicita la adjudicación de las 22 viviendas restantes, de acuerdo a lo establecido en la Licitación Privada Nº 1/20.
Que, asimismo, fundamenta dicha solicitud en la necesidad de contar con un avance físico de obra que permita adecuarnos al nuevo cronograma de trabajo posibilitando la actualización de la Unidad de Vivienda a transferir por el citado organismo nacional al Municipio.
Que, por su parte, menciona que el valor de Unidad de Vivienda (UVI) al día de la fecha es de $ 39,36 debiéndose tener en cuenta el mismo para la actualización de los ítems cotizados por los oferentes, al momento de realizar los certificados de avance de obra correspondientes, en función de la actualización de la UVI percibida por el Municipio en los desembolsos ya mencionados.
Que, así, en virtud del avance de obra de las viviendas ya adjudicadas y habiendo aprobado el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat un nuevo cronograma de trabajo para la ejecución de la obra que abarca las 22 viviendas restantes, contemplando la ampliación del plazo inicial, corresponde evaluar la adjudicación de dichas viviendas considerando que, conforme el artículo N° 21 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Municipio se reservó el derecho de adjudicar las unidades de viviendas a la oferta que a sus intereses considere más conveniente, previéndose la facultad de adjudicación de las unidades restantes, correspondientes a la primera etapa del programa, a idéntico valor de la oferta más conveniente a los intereses de la Comuna.
Que, en ese sentido realizando un análisis comprensivo de varios elementos, además del precio cotizado por cada oferente, la solicitud de viviendas requerida por cada uno, la posibilidad de contratar mano de obra local y contrataciones anteriores con el municipio, se determina que resulta conveniente a los intereses de la Municipalidad adjudicar a distintas empresas la construcción de las restantes viviendas licitadas, todo ello en función de la promoción del desarrollo local.
Que en dicho orden, y en atención a lo dispuesto por el artículo 21 comentado y el Acta del día de la fecha que obra agregada a las actuaciones, se resuelve adjudicar de la siguiente manera: al Sr. Juan Carlos Miller, la construcción de tres módulos de dos unidades familiares apareadas de 55 m2 cada una, en la suma de pesos quinientos sesenta y cinco mil ochocientos setenta y nueve con setenta centavos ($ 565.879,70) cada uno, presupuestado por la oferta más conveniente ya adjudicada según Decreto Nº 434/20, al Sr. Juan Antonio Casal la construcción de tres módulos de dos unidades familiares apareadas de 55 m2 cada una, en el mismo importe, y al Sr. Martiniano Raúl Casal la construcción de tres módulos de dos viviendas apareadas, y dos viviendas unifamiliares, de 55 m2 cada una, a igual importe, y un módulo de dos viviendas apareadas adaptadas de 64 m2 en la suma de pesos seiscientos cuarenta y siete mil doscientos uno con setenta centavos ($ 647.201,70), dejándose constancia que no corresponde adjudicación de éste último ítem a favor de la Cooperativa de Trabajo Mayo Limitada debido a no conservar interés por cuestiones operativas.
Que, en función de lo expuesto por la Dirección de Planeamiento y Obras del Municipio y la actualización del valor UVI por parte del organismo nacional, corresponde que los montos mencionados ut supra se actualicen, en caso de corresponder, en un porcentaje equivalente a la variación sufrida por el valor de la Unidad de Vivienda (UVI) entre el período base (31/10/2019 = $ 39,36) y el valor de la UVI del último desembolso percibido por el Municipio, que contemple las tareas del Avance de Obra certificado.
Por ello, el Intendente Municipal del partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:
D E C R E T A.-
Artículo 1ro.- Adjudicar a Juan Carlos Miller la construcción de tres (3) módulos de dos viviendas unifamiliares apareadas de 55 m2 cada una, primera etapa, en la suma de pesos QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 70/100 CTVOS. ($ 565.879,70), por módulo, en un todo de acuerdo a los vistos y considerandos del presente.-
Artículo 2do.- Adjudicar a Juan Antonio Casal la construcción de tres (3) módulos de dos viviendas unifamiliares apareadas de 55 m2 cada una, primera etapa, en la suma de pesos QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 70/100 CTVOS. ($ 565.879,70), por módulo, en un todo de acuerdo a los vistos y considerandos del presente.-
Artículo 3ro.- Adjudicar a Martiniano Raúl Casal la construcción de tres (3) módulos de dos viviendas unifamiliares apareadas de 55 m2 cada una, primera etapa, en la suma de pesos QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 70/100 CTVOS. ($ 565.879,70), por módulo; más dos viviendas unifamiliares de 55 m2 cada una, primera etapa, en la suma total de pesos QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 70/100 CTVOS. ($ 565.879,70); y dos viviendas apareadas adaptadas de 64 m2 cada una, primera etapa, en la suma total de pesos SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS UNO CON SETENTA CENTAVOS ($ 647.201,70), en un todo de acuerdo a los vistos y considerandos.-
Artículo 4to.- Dejar establecido que los importes contratados para la construcción de viviendas en el marco del Programa “Treinta (30) viviendas e infraestructura en la Localidad de Rauch, Provincia de Buenos Aires” podrán ser actualizados, en un porcentaje equivalente a la variación del valor de la Unidad de Vivienda (UVI) entre el período base (31/10/2019 = $ 39,36) y el valor de la Unidad de Vivienda (UVI) del último desembolso percibido por el Municipio que contemple las tareas del Avance de Obra certificado, en el marco del mencionado Programa.
Artículo 5to.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno, en ejercicio e interinamente a cargo de la Secretaría de Hacienda, y el Secretario de Obras y Servicios Públicos.-
Artículo 6to.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las Oficinas Municipales que corresponda y dése al Libro de Decretos.-
Fdo. Dra. Gabriela Zudaire - Secretaria de Gobierno.
Fdo. Sr. Ricardo Néstor Pizzorno - Secretario de Obras y Servicios Públicos.
Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal.