Boletines/Chascomús
Decreto Nº 453/21
Chascomús, 13/07/2021
PRORROGA LICITACION PÚBLICA N° 11/21
Visto
La Licitación Pública N° 11/21 tramitada mediante Expediente Administrativo N° 4030-153949 para la “Compra de Piedra Partida para la Secretaría de Obras”; y
Considerando
Que a través del mismo se tramita la “Compra de tres mil trescientas sesenta toneladas (3.360 tn.) de Piedra Partida para mantenimiento de calles urbanas”.
Que consta agregado el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la obra, con un presupuesto oficial de pesos seis millones novecientos noventa y dos mil ciento sesenta ($ 6.992.160,00).
Que, en virtud de lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica de la Municipalidades (D. Ley 6769/58), corresponde realizar un llamado a Licitación Pública, según las previsiones establecidas en el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de la Administración para las Municipalidades de la Prov. de Buenos Aires (Acuerdo 23/10/91).
Que mediante el Decreto 407/2021 se autoriza el llamado a licitación.
Que hasta la fecha no ha habido consultas ni adquisiciones de los pliegos.
Por ello, el Señor Intendente municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Prorróguense todos los plazos de la Licitación Pública N° 11/2021 para la “Compra de tres mil trescientas sesenta toneladas (3.360 tn.) de Piedra Partida para mantenimiento de calles urbanas” en las mismas condiciones que las establecidas en el decreto de llamado y que las establecidas en los pliegos de bases y condiciones obrantes en el expediente administrativo Nº 4030-153949.-
ARTICULO 2°.- Fíjese la fecha de apertura del sobre Nº 1 para el día 23 de Julio de 2021 a las 10.00 hs. y del sobre Nº 2 para el día 23 de Julio de 2021 a las 11:00 horas, en el Palacio Municipal, sito en calle Crámer 270 de la ciudad de Chascomús, Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 3°.- Autorícese la publicación de avisos por dos días en el “Boletín Oficial” de la provincia de Buenos debiendo invitarse a tomar parte de la licitación pública.-
ARTICULO 4°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Oficina de Compras y Suministros y Contaduría.-
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Obras y Servicios (Sebastian Barthe Placenave) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-