Boletines/General Pueyrredon
Ordenanza Nº 25169
General Pueyrredon, 15/06/2021
ORDENANZA
Expediente D.E.: 12042-0-1983-Alc1
Expediente H.C.D.: 1363-D-21
Nº de registro: O-19313
Fecha de sanción: 10/06/2021
Fecha de promulgación: 15/06/2021
Decreto de promulgación: 1039-21
ORDENANZA Nº 25169
Artículo 1°.- Autorízase con carácter precario y por un periodo de prueba de veinticuatro (24) meses, a la Señora Patricia Edith Irouleguy, C.U.I.T N° 27200477966, a afectar con el uso de suelo “VENTA DE UNIFORMES ESCOLARES Y ACCESORIOS”, el inmueble sito en calle Almafuerte nº 2217, identificado catastralmente como: Circunscripción: VI, Sección: D, Manzana: 331 h, Parcela: 14, de la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2°.- Lo autorizado en el artículo 1° se condiciona a:
2.a.- No ocupar espacio público (vereda y/o calzada) y la envolvente del edificio, temporal o permanentemente, con ningún elemento fijo o móvil (carteles, publicidad, caballetes, señales u otros).
2.b.- Preservar la materialidad y cualidades intrínsecas de la envolvente del chalet.
2.c.- Cualquier denuncia de vecinos verificable en su grado de molestia, o la falta de adecuación a lo requerido en los puntos anteriores, dejará sin efecto la presente autorización.
Artículo 3º.- Deberá darse cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza nº 9784 – Código de Preservación Forestal – en cuanto a forestación y reforestación de veredas, conforme a lo normado por la Ordenanza nº 14.576, con carácter previo a la habilitación.
Artículo 4º.- La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario dé cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad, de manera continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida; desde el momento de iniciar el trámite pertinente, y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.
Artículo 5º.- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto nº 818/96, modificado por Decreto nº 2.269/99.
Artículo 6º.- Comuníquese, etc.
Poleggio Martínez Bordaisco
González Montenegro