Boletines/Quilmes
Decreto Nº 1516/2021
Quilmes, 28/05/2021
Visto
el Expediente Nº4091-1634-D-2021, iniciado por el Sr. Secretario de Servicios Públicos de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es la adquisición de bolsas de residuos plásticas, las que serán destinadas para diversas tareas que se realizan en el área de la Secretaria ; y
Considerando
Que por expediente referenciado en el visto, mediante Decreto 0556/2021, de fecha 08 de marzo del 2021, se efectuó el primer llamado a Licitación Privada Nº 15/2021, para la adquisición de bolsas de residuo plásticas ;
Que mediante en el mismo Decreto, se creó la Comisión de Evaluación y Pre-adjudicación, la que mediante dictamen de fecha 29 de marzo del 2021 sugiere que la licitación se declare fracasada por no haber dos ofertas válidas para comparar;
Que mediante Decreto 0995/2021 de fecha 12 de abril del 2021, se declaró fracasado el primer llamado y se realizó el segundo llamado a Licitación, la cual se declaró fracasada mediante Decreto Nº 1271/2021 de fecha 05 de mayo del 2021, autorizándose a la Dirección General de Compras a proceder a la contratación directa en base al régimen de excepción previsto en el artículo 156 inciso 5° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley 6.769/58);
Que el Decreto-Ley 6.769/58 establece en su artículo 156 excepciones a las previsiones establecidas respecto a licitaciones y concursos de precios, admitiendo compras y contrataciones directas en los casos de"(...)" Cuando habiéndose realizado dos concursos de precios o licitaciones no hubieran recibido ofertas o las recibidas no fueren convenientes. La autorización del Concejo Deliberante será indispensable para decidir la compra directa después del fracaso de la licitación pública. (cfme. inc. 5° del artículo citado);
Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 194 establece que: "la Compra Directa es procedente hasta el monto que fija la Ley Orgánica Municipal o para los casos de excepción previstos en la misma (artículos 151 y 156). La autoridad contratante procurará asegurarse por los medios a su alcance, que el precio cotizado sea el más conveniente de plaza a la fecha de la contratación.";
Que el artículo 88 del Reglamento Municipal de Compras y Suministros de la Municipalidad de Quilmes hace referencia al procedimiento de contratación directa, sin límite de monto, cuando el caso encuadre dentro de las excepciones establecidas en el artículo 156 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la excepción legal, aplicable al caso, no deja por ello de atender los detalles de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que debe imperar en la gestión de los bienes públicos;
Que en las actuaciones obran la Solicitud de Pedido Nº 577/21, la solicitud de gastos, el Registro de Invitados a Cotizar Nº 620/21 y las fichas de los respectivos proveedores;
Que se han invitado a cotizar a tres (3) proveedores, haciéndose la correspondiente comparativa de ofertas únicamente entre CARY HARD S.A y ROMERO DIEGO LUIS, en atención a que AQUILES LEANDRO
OVIEDO, no presentó cotización alguna;
Que obran nota del Secretario de Servicios Públicos, aceptando la diferencia de precio;
Que luce agregada la solicitud modificatoria de gastos;
Que respecto del precio publicado por la empresa CARY HARD S.A, teniendo en consideración las características del producto y las condiciones comerciales ofrecidas, resulta el valor corriente en plaza más conveniente en el mercado;
Que resulta urgente, necesario y razonable dictar el presente acto administrativo de adjudicación, consistente en la adquisición de bolsas de residuos plásticas, las que serán destinadas para diversas tareas que se realizan en el área de la Secretaria de Servicios Públicos;
Que el recurso utilizado será el proveniente de la Fuente de Financiamiento 11O (Tesoro Municipal);
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 156 inciso 5° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), artículo 185 y 194 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y los artículos 86, 88 y 89 del Reglamento de Contrataciones, Compras y Suministros de la Municipalidad de Quilmes; y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1º: ADJUDÍCASE a la empresa proveedora "CARDY HARD S.A" CUIT Nº 30-71372620-2 el objeto de la contratación consistente en la adquisición de bolsas de residuos plásticas, las que serán destinadas para diversas tareas que se realizan en el área de la Secretaria, de acuerdo a la Solicitud de Pedido Nº 577/21 efectuada por la Secretaría de Servicios Públicos de la Municipalidad de Quilmes, por un monto total de pesos cuatro millones novecientos mil quinientos ($4.900.500.-) IVA incluido. Todo ello de conformidad con lo actuado y por resultar dicha oferta la más conveniente en el mercado para los ítems referenciados.-
ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de gastos de la Administración Central - Departamento Ejecutivo 1110174000 Secretaría de Servicios Públicos, Categoría programática 01.00.00 Fuente de Financiamiento 11O, en la Partida 2.5.8.0.-
ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dese al registro General y ARCHÍVESE.-
LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO Dr. CLAUDIO H. CARBONE MAYRA S. MENDOZA
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
MUNICIPALIDAD DE QUILMES MUNICIPALIDAD DE QUILMES MUNICIPALIDAD DE QUILMES
Ángel D. García Cdra. Alejandra S. Prieto
Secretario de Servicios Públicos Secretaria de Hacienda
MUNICIPALIDAD DE QUILMES MUNICIPALIDAD DE QUILMES
DECRETO 1516/2021