Boletines/Quilmes
Decreto Nº 1481/2021
Quilmes, 26/05/2021
Visto
la Ley Provincial Nº 14.656 de la Provincia de Buenos Aires, la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), la Ordenanza Nº 5433, promulgada por Decreto Nº 3482/85 · y el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 138/2016 de los Trabajadores Municipales de Quilmes; y
Considerando
Que el agente Santos Blasi, Lautaro (Leg. 28.507), quien se desempeña en la Subsecretaría de Culturas, dependiente de la Secretaría de Educación, Culturas y Deportes, como Administrativo Clase 111 y Profesor, solicita Licencia Extraordinaria sin goce de sueldo, en ambos cargos, conforme lo establecido en el Artículo 49 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 138/2016 de los Trabajadores Municipales de Quilmes (ccdte. Art 96 - Ley Provincial Nº 14.656) y el Artículo 11O de la Ordenanza Nº 5433 y sus modificatorias, a partir del 1º de julio y hasta el 30 de septiembre de 2021 (inclusive);
Que el mismo cumple con los requisitos necesarios para acceder a dicha Licencia Extraordinaria;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE al agente Santos Blasi, Lautaro (Leg. 28.507) al cargo de Administrativo Clase 111 - Jurisdicción 01 - Subjurisdicción 65 - Programa 85 - Fuente de Financiamiento 132, Licencia Extraordinaria sin goce de sueldo, a partir del 1º de julio y hasta el 30 de septiembre de 2021 (inclusive), de conformidad con lo establecido en el Artículo 49 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 138/2016 de los Trabajadores Municipales de Quilmes (ccdte. Art 96 - Ley Provincial Nº 14.66).-
ARTÍCULO 2º: OTÓRGASE al agente Santos Blasi, Lautaro (Leg. 28.507), Profesor - Jurisdicción 01 - Subjurisdicción 65 - Programa 85 - Fuente de Financiamiento 132, la Licencia Extraordinaria sin goce de sueldo, a seis (6) Horas Cátedra Interinas Nivel Medio, a partir del 1º de julio y hasta el 30 de septiembre de 2021 (inclusive), de conformidad con lo establecido en el Artículo 11Oº de la Ordenanza Nº 5433 y sus modificatorias.-
ARTÍCULO 3°: El presente será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 4°: NOTIFÍQUESE por la Subdirección de Administración de Personal y RESÉRVESE el expediente mencionado en la citada Subdirección hasta el vencimiento de la licencia otorgada.-
ARTÍCULO 5°: COMUNÍQUESE a quien corresponda, dese al Registro General y ARCHIVESE.-
LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO MAYRA S. MENDOZA
Jefe de Gabinete Intendenta
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DECRETO 1481/2021