Boletines/Lobería
Decreto Nº 173/17
Lobería, 25/01/2017
ASIGNANSE TAREAS
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.068/16, la Nota Nº 13.850/17, el Decreto Nº 135/17, el Expediente Nº 4066-155/16; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Valenzuela, ubicada en calle Scalabrini Ortiz Nº 1.280 de esta Ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, por Nota Nº 13.850/17, Expediente Nº 4066-155/16, el Titular de esa Dependencia ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 135/17, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 8 de enero de 2017, por un plazo de dieciocho (18) días;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto Nº 135/17, SR. LUIS AGAPITO MACIEL, D.N.I. Nº 32.535.988, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Valenzuela, ubicada en calle Scalabrini Ortiz Nº 1.280 de Lobería, a partir del día 8 de enero de 2017, por un plazo de dieciocho (18) días.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Carpeta hidrófuga $ 1.230,92
Revoques interiores fratasados $ 1.821,76
Colocación de aberturas $ 1.641,23
Mesada con pie de apoyo $ 2.093,40
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON TREINTA Y UN CENTAVOS ($ 6.787,31.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE CON CERO NUEVE CENTAVOS ($ 5.837,09.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 814,48. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Refacción y/o Ampliación de Viviendas de Interés Social (MEJOR VIVIR) - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
MARIO ALBERTO TERUGGI JUAN JOSÉ FIORAMONTI
SECRETARIO DE GOBIERNO INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETO Nº 173-17