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Ordenanza Nº2072-17

Ordenanza Nº 2072-17

Lobería, 03/03/2017

VISTO:

         Lo dispuesto en los artículos 24 y 27 inciso a) de la Ley Orgánica de las Municipalidades; los artículos 140, 141 y concordantes del Reglamento de Contabilidad; el artículo 54 del Decreto 2.980; el Expediente 4066-906/16 elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal; y

CONSIDERANDO:

QUE, el Intendente Municipal ha elevado el expediente referido ut supra cumpliendo con el procedimiento que se fija a efectos de reconocer deudas de ejercicios anteriores;

QUE, el Departamento Ejecutivo no podrá reconocer deudas de ejercicios anteriores no registradas en la contabilidad municipal, sin previa comprobación;

QUE, la Directora Administrativa del Sistema de Salud, Contadora Augusta Lahore, informó que la entonces Administradora Joana Torres se comunicaba con el remissero en cuestión para asignar el viaje, entregándole éste el remito correspondiente luego de realizar el viaje, con el cual se confeccionaba y adjuntaba al suministro y se remitía a la Oficina de Compras para continuar con el circuito administrativo;

QUE, la documentación remitida a la ex Intendente Diana Argüello, en el expediente 4066-906/16, no recibió contestación por parte de la notificada en el plazo legal estipulado;

QUE, cumplidos los pasos anteriores para abonar la deuda, el Departamento Ejecutivo Municipal, deberá requerir y obtener autorización del Honorable Concejo Deliberante;

 POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, de acuerdo a las atribuciones que le son propias, aprueba la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Reconózcase la deuda pendiente con el Sr. Leandro Javier Aguirre y AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a registrar la deuda y efectuar el pago por la suma de PESOS VEINTE MIL SEISCIENTOS VEINTE ($ 20.620,00), proveniente de la realización de viajes por encargo, conforme la documentación obrante en Expediente Administrativo N° 4066-906/16.

ARTÍCULO 2°: La deuda reconocida en el artículo precedente deberá ser registrada en la Contabilidad Municipal, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 141° del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 3°: El gasto hubiera correspondido ser imputado de la siguiente manera: para las facturas Nº 0001-00000004, 0001-00000015, 0001-00000016, 0001-00000017, 0001-00000020, 0001-00000023, 0001-00000027, 0001-00000029, 0001-00000030, 0001-00000031, 0001-00000065, 0001-00000074, 0001-00000096, la partida “111.01.09.000 Secretaría de Salud – 23.02.00 Servicios de Salud – 5.1.4.0 Ayudas Sociales a Personas” del Presupuesto General de Gastos del año 2015 – Ordenanza N°1.919/14.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al registro de ordenanzas, cumplido ARCHIVESE.-

            DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, A LOS TRES DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, SANCIONADA POR UNANIMIDAD.

MARIA GABRIELA PUCCI                                                            HORACIO ALFREDO MARCOS

   SECRETARIA H.C.D.                                                                               PRESIDENTE H.C.D.

ORDENANZA Nº 2072-17