Boletines/Roque Pérez
Ordenanza Nº 2278
Roque Pérez, 28/04/2021
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Otorgase a partir del 1º de abril una bonificación remunerativa, a todo el personal de planta permanente – planta temporaria escalafonado dependiente de ésta Comuna, según lo siguiente, a saber:
ARTICULO 2°.-Otorgase un incremento salarial del treinta y cinco por ciento (35%) a todo el personal dependiente de la Municipalidad de Roque Pérez (planta permanente – planta temporaria); sobre el básico vigente al 31 de marzo de 2021 más la bonificación establecida según las categorías determinadas en el artículo 1º,
ARTICULO 3º.- Otorgase una bonificación especial destinada a la provisión de indumentaria y gastos de traslado sin obligación de rendición de cuentas, no remunerativa, a todo el personal dependiente de la Municipalidad de Roque Pérez (planta permanente – planta temporaria), según lo siguiente:
Para el personal que cobre asignación por mérito o por responsabilidad de cargo, las sumas indicadas en los incisos precedentes serán consideradas dentro del monto de la bonificación percibida.-
ARTICULO 4°.- Establécese el valor del modulo para la aplicación del artículo segundo inciso a) y artículo 1º, en la suma de pesos trece pesos con ochocientos cuarenta y un centavos ($ 13,841.-); y para la aplicación del artículo segundo inciso b), en la suma de pesos quince pesos con cero cuarenta y cinco centavos ($ 15.045.-) e inciso c), en la suma de dieciséis pesos doscientos cuarenta y nueve centavos ($ 16.249.-).-
ARTICULO 5°.-Los beneficios establecidos por los artículos precedentes, no serán aplicables al personal profesional de la Carrera Profesional Hospitalaria, Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, quienes recibirán las remuneraciones correspondientes a la aplicación de la disposición legal respectiva.-
ARTICULO 6º.-Apruébanse las grillas actualizadas del personal municipal con las modificaciones de los artículos 1º, 2º y 3º, las que forman parte integrante de la presente ordenanza.-
ARTICULO 7º.-Derógase toda norma que se oponga a la presente Ordenanza.-
ARTICULO 8º.-Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar las partidas presupuestarias pertinentes, tomando crédito necesario de la partida presupuestaria: Jurisdicción 1110102333, Partida 1.1.5.0 Otros gastos en personal.-
ARTICULO 9°.- Comuníquese al departamento Ejecutivo.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-
Firmada: Andrea V. Mercante. Secretaria. H.C.D. Municipalidad de Roque Pérez – Maximiliano Oscar Sciaini. Presidente. H.C.D. Municipalidad de Roque Pérez.
Registrada bajo el n° 2.278 con fecha 28/04/2021.-