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Ordenanza Nº13477/2021

Ordenanza Nº 13477/2021

Quilmes, 16/06/2021

que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Expediente 4091-210-S-2021 ha sancionado la Ordenanza Nº 13.477/2021 en la Sesión Ordinaria Virtual realizada el día 8 de Junio del 2021, cuyo texto expresa:

 

VISTO

  El Expediente Nº 4091-210-S-2021. Ref.: La solicitud del Sr. Soriano Adolfo Andrés y la Sra. Ciani María Claudia, para reservar un espacio de estacionamiento para discapacitados en la calzada frente a su domicilio sito en la calle Paz N° 323 de Quilmes, Pcia. de Buenos Aires, y

 

CONSIDERANDO

Que en el Expediente del Visto los solicitantes han adjuntado copias de los Certificados de Discapacidad correspondientes.

Qué asimismo, surge de las copias de los Documentos Nacionales de Identidad, adjuntados en el presente Expediente, que los presentantes poseen domicilio en la calle Paz N° 323, Quilmes.

Que el Sr. Soriano Adolfo Andrés y/o la Sra. Ciani María Claudia son titulares del vehículo automotor, por lo que acompañan Certificados de uso de símbolos en automotores, Licencias de Conducir y Cedula Verde.

 Que surgen también acreditados los demás requisitos de la Ordenanza Nº 11458/10.

 Que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por la República Argentina,  reconoce que “la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que impiden su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.”

 Que la Ley Nacional N° 22.431 de Sistema de Protección Integral de los Discapacitados (mod. por Ley Nº 24314) dispone en su Artículo 20º : “Establécese la prioridad de la supresión de barreras físicas en los ámbitos urbanos arquitectónicos y del transporte que se realicen o en los existentes que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida…”. Asimismo el Inciso d) establece: “Estacionamientos: tendrán zonas reservadas y señalizadas para vehículos que transporten personas con movilidad reducida cercanas a los accesos peatonales”.

 Que la Ley Provincial Nº 10.592 refiere en su Artículo 24º ter. (Texto incorporado por Ley Nº 12614) (Texto según Ley Nº 14824): “Las vías y espacios libres públicos deben permitir a las personas con movilidad reducida gozar de las adecuadas condiciones de seguridad y autonomía como elemento primordial para el desarrollo de las actividades de la vida diaria”.

 Que es obligación del Municipio asegurar a la persona con discapacidad los mismos derechos que sus conciudadanos, para lo cual debe arbitrar los medios para eliminar las situaciones de desventaja que puedan encontrar en el ejercicio de sus derechos, mediante la adopción de medidas específicas destinadas a equiparar oportunidades.

Que a dichos efectos corresponde el dictado de normas, ante situaciones particulares, tendientes a facilitar espacios de estacionamiento para vehículos utilizados por persona con necesidades especiales motoras.

 

Que resultan de aplicación los Artículos 1º, 3º, 7º y concordantes de la Ordenanza Nº 11.458/10.

       EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA

 ORDENANZA Nº 13477/2021

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: RESERVASE un espacio de estacionamiento exclusivo para persona con discapacidad, frente al domicilio sito en la calle Paz N° 323 Quilmes, para uso del Sr. Soriano Adolfo Andrés y/o la Sra. Ciani María Claudia, de cuatro metros cincuenta centímetros (4,50 m) de largo.

ARTÍCULO 2°: ENCOMIENDASE al Departamento Ejecutivo la  demarcación del cordón y de la capa asfáltica correspondiente a dicho espacio de estacionamiento exclusivo.

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.

QUILMES, 08 de Junio de  2021.

Fdo.: FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D.

           MIRIAM J. ARBERT, Secretaria Legislativa del H.C.D.

                       

Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 y modificatorias vigentes); y

Por todo lo expuesto;

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1º: PROMÚLGASE la Ordenanza N° 13.477/2021 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria Virtual realizada el día 08 de junio del 2021.-

ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3º: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-

         LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO                        Dr. CLAUDIO H. CARBONE                         MAYRA S. MENDOZA

                          Jefe de Gabinete                                        Secretario Legal y Técnico                                    Intendenta

              MUNICIPALIDAD DE QUILMES                        MUNICIPALIDAD DE QUILMES               MUNICIPALIDAD DE QUILMES

 

DECRETO 1794/2021