Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 13468/2021
Quilmes, 16/06/2021
VISTO: que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Expediente 4091-2422-J-2020 ha sancionado la Ordenanza Nº 13.468/2021 en la Sesión Ordinaria Virtual realizada el día 8 de Junio del 2021, cuyo texto expresa:
VISTO
El Expediente Nº 4091-2422-J-2020, el Decreto Ley Nº 9.533/80, el Artículo 230º de la Ley Orgánica de las Municipalidades N° 6769/58; el Artículo 235º del Código Civil y Comercial de la Nación; y
CONSIDERANDO
Que el Club Náutico Quilmes, ubicado en la intersección de las calles Marinero López y Alsina, compone una fracción de terreno en la zona balnearia de Quilmes, de dominio público.
Que es preciso regular la explotación del espacio público, el cual, según expresa el Código Civil y Comercial, en su Artículo 235º, se configura como aquel que posee una utilidad o comodidad común.
Que este se caracteriza por ser un espacio con marcadas dimensiones físico-territoriales, políticas, sociales y culturales. En relación a la primera de las particularidades mencionadas, resulta importante destacar la visibilidad y accesibilidad de esta extensión que se encamina hacia la identificación simbólica de grupos sociales. La nombrada en segundo término, por otro lado, señala el diálogo entre la administración pública como propietaria jurídica del territorio y la ciudadanía que ejerce un uso real del mismo. Luego, las características sociales imprimen sobre el espacio la noción de integración. Finalmente, la dimensión cultural refiere a aquellos aspectos vinculados con la historia, la expresión y la convergencia de identidades pasadas, presentes y futuras, que acaban por calificarlo como un lugar de interacción social.
Que la fundación del Club Náutico Quilmes data de 1921, momento a partir del cual se ha ido instituyendo como una de las tantas entidades que contribuyen al interés social de las vecinas y los vecinos de la comuna. Cabe manifestar que, entre otros, se practican allí deportes de agua tales como Remo-Kayak y Vela. Brinda, también, un servicio metereológico útil a los fines principalmente de la navegación y una serie de cursos que capacitan a quilmeños y a habitantes de otros partidos.
Que, por lo expuesto precedentemente, cabe manifestar que el Club Náutico ofrece un enorme servicio social a la comunidad local, gozando de una participación activa por parte de la Municipalidad, y colaborando en conjunto con la integración de las vecinas y los vecinos quilmeños de bajos recursos. Se facilita, de este modo, su acceso a deportes y actividades, que en ocasiones resultan inalcanzables, generando así verdadera inclusión social en sectores muchas veces olvidados.
Que atendiendo a la relevancia que posee y a que el suyo constituye un valioso aporte para la gente que más lo necesita, es que resulta imperioso posibilitar la continuidad del Club Náutico en la ribera quilmeña.
Que se le ha otorgado a la entidad un permiso de uso precario para ocupar el predio aludido.
Que la concesión nombrada ha sido provista con arreglo a lo dispuesto por por el Artículo 56° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, N° 6769/58 (Texto según Decreto Ley Nº 8613/76), el cual reza “Para las transferencias a título gratuito, o permutas de bienes de la Municipalidad, se necesitará el voto de los dos tercios del total de los miembros del Concejo. En estas mismas condiciones se podrá conferir derecho de uso y ocupación gratuita de bienes municipales a Entidades de Bien Público con Personería Jurídica y a órganos del Estado Nacional, Provincial o Municipal”.
Que vía la Resolución 2019-205-GDEBA-MEGP, la Provincia de Buenos Aires otorgó la tenencia y Administración del bien de dominio público provincial identificado catastralmente como: Circ I, Sec. D, Frac. I, Parcela 1ab, Pdo- Pda 086-268106 a favor del Municipio de Quilmes.
Que asimismo, el Decreto Ley Nº 9.533/80, regula también la concesión de uso, o cualquier otra modalidad administrativa que acuerde la tenencia de bienes del dominio privado del Estado.
Que asimismo en el Artículo 29º se estipulan las diferentes excepciones a la regla establecida en el Artículo 28º del Decreto Ley Nº 9533/80.
Que el predio es utilizado como base operativa de la Prefectura Naval Argentina, que se encuentra en el tránsito entre Puerto de Buenos Aires, Puerto Dock Sud y Puerto La Plata, asimismo es utilizado por Defensa Civil, cuerpo de Guardavidas y Bomberos Voluntarios.
Que las excepciones se fundan en el destino específico o la naturaleza especial del predio, en este caso por el lugar en el que se encuentra situado al margen del Río de la Plata, como también las actividades deportivas y administrativas con las cuales está vinculado el predio.
Que en la actualidad, la concesión otorgada a Club Náutico se halla sin efectos, conforme lo dispuesto por el Inciso a) del Artículo 32º del citado Decreto.
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA
ORDENANZA Nº 13468/2021
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE al Club Náutico Quilmes un permiso de uso precario, en los términos del Segundo Párrafo, Artículo 29º del Decreto Ley Nº 9533/80, por el plazo de diez (10) años contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, sobre el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección D, Manzana 8, Parcelas 1ab (ex 1 y 2) y 10, y el inmueble identificado como Circunscripción I, Sección D, Fracción 1, Parcela 1ab, Partida 268106 (86).
ARTÍCULO 2°: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo a suscribir un Convenio con Club Náutico Quilmes, a los fines de establecer los plazos, las etapas, canon, modalidades y demás condiciones técnicas y administrativas que hagan a la explotación del predio cedido a la permisionaria.
ARTÍCULO 3°: ESTABLÉCESE la obligación para el Club Náutico Quilmes de:
A. Asumir el cuidado y conservación del predio objeto de esta concesión, incluyendo las cargas y responsabilidades consiguientes y respetando las limitaciones establecidas por el Artículo 1974º del Código Civil y Comercial de la Nación.
B. Suscribir un acuerdo con la Municipalidad de Quilmes para la visita periódica del Club por distintas entidades educativas del Distrito con fines recreativos.
C. Coordinar permanentemente con Defensa Civil, Bomberos Voluntarios, Guardavidas, Prefectura Naval Argentina, y poner a disposición las plumas necesarias para bajar embarcaciones y amarras en situaciones requeridas por dichos organismos.
D. Trabajar solidaria y mancomunadamente con la Municipalidad de Quilmes en actividades referidas a políticas de mejora ambiental y sanitaria en La Ribera del Distrito.
E. Permitir el acceso irrestricto al predio de la concesión de parte de las y los agentes que deban acceder en el marco de sus misiones y funciones en tareas vinculadas con el desarrollo integral del permiso de uso.
ARTÍCULO 4°: CONCÉDASE a favor de la Municipalidad de Quilmes, la explotación del tercer piso del edificio situado dentro del predio cedido al Club Náutico Quilmes.
ARTÍCULO 5°: PROHÍBASE a la permisionaria subarrendar las instalaciones otorgadas por el permiso precario adjudicado.
ARTÍCULO 6°: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo a determinar las normas reglamentarias y/o complementarias que resulten necesarias.
ARTICULO 7º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
QUILMES, 08 de Junio de 2021.
Fdo.: FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D.
MIRIAM J. ARBERT, Secretaria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 y modificatorias vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º: PROMÚLGASE la Ordenanza N° 13.468/2021 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria Virtual realizada el día 08 de junio del 2021.-
ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3º: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-
LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO MAYRA S. MENDOZA
JEFE DE GABINETE INTENDENTA
MUNICIPALIDAD DE QUILMES MUNICIPALIDAD DE QUILMES
Dr. CLAUDIO H. CARBONE
Secretario Legal y Técnico
MUNICIPALIDAD DE QUILMES
DECRETO 1799/2021