Boletines/Las Flores
Ordenanza Nº 3301/2021
Las Flores, 18/05/2021
ORDENANZA
ORDENANZA 3301/2021
Visto:
La Ley 13010 de la Provincia de Buenos Aires que estableció la descentralización tributaria;
Considerando:
Que a través del Capítulo III, la Ley 13010 del año 2003 transfirió a los municipios el Impuesto a los Automotores fijado en la Ley Impositiva de la Provincia de Buenos Aires ese año, correspondiente a los modelos 1987 a 1977 inclusive;
Que la emisión de las boletas y su distribución, la percepción y control del pago y las demás actividades que demanda la recaudación del impuesto trasferido está a cargo del Municipio que corresponda en razón del lugar de radicación del vehículo automotor;
Que en virtud de esto, el artículo 14 de la Ley 13010 establece que la recaudación obtenida por cada municipio corresponderá íntegramente al mismo y constituirá un recurso propio de libre disponibilidad;
Que desde el año 2003 a la fecha, cada ley impositiva fue agregando modelos al proceso de descentralización;
Que actualmente, a través de la impositiva 2021 de la Provincia de Bs As (Ley 15226), la transferencia a los Municipios alcanza a los vehículos correspondientes a los modelos 1990 a 2010;
Que de pasar a gestionar un rango de 11 años de vehículos en el 2003, pasamos a tener un rango de 21 años en la actualidad, con el consiguiente costo administrativo que no se ve compensado con el monto recaudado por las patentes de esos modelos;
Que varios municipios de la Provincia han reducido esa brecha eliminando de sus bases tributarias los modelos más antiguos:
Por ello
EL H. CONCEJO DELIBERANTE REUNIDO EN FORMA LEGAL APRUEBA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Art. 1º:Exímase del Impuesto a los Automotores transferido al Municipio, en virtudde la Ley 13010 de la Provincia de Buenos Aires, para el período 2021 a aquellos vehículos municipalizados correspondientes a los modelos-año 1990 a 2000 inclusive.
Art. 2º: El Municipio conservará el crédito en concepto de deudas correspondientes alos vehículos beneficiados por el artículo anterior.
Art. 3º:Comuníquese al DE y dese al Registro Oficial del HCD
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE LA CIUDAD DE LAS FLORES A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
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Ariana Pertusi Secretaria |
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Prof. Fabian Blanstein Presidente |
/// Corresponde Ordenanza Nº 3301/2021.-
PROMULGADA POR DECRETO Nº 1207 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE FECHA 18 DE MAYO DE 2021.-
Abg. JAVIER E. DI GIANO Ing. ALBERTO C. GELENÉ
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
PUBLICADA: 30 DE JUNIO DE 2021