Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 148
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 21/04/2021
Visto las presentes actuaciones mediante las cuales el Sindicato Argentino de Trabajadores de la Industria Fideera S.A.T.I.F de Bahía Blanca solicita la renovación de factibilidad para el desarrollo del uso "Salón de fiestas" en los inmuebles identificados catastralmente como: Circ. I - Secc. D - Mz 289 - Parcelas 19, 20 y 23 - Partidas 19189, 15806 y 7956;
CONSIDERANDO
Que los inmuebles en cuestión pertenecen a la zona C2 (Macrocentro Direccional) del Código de Planeamiento Urbano, la cual se caracteriza como: "es el segundo escalón de densificaciòn y tiene como función el apoyo al área central y zonas adyacentes".
Que de acuerdo al cuadro de Usos N° 1 "Usos según distritos" del mencionado Código, la actividad "Salón de fiestas" se halla clasificado con referencia (7), que establece: "La Comisión Asesora Permanente de Planeamiento debe efectuar en cada caso un estudio para determinar la conveniencia de la localización proyectada"
Que el uso "Salón de fiestas" se encuentra normado por la Ordenanza 10.480.
Que a fs. 43 obra la Resolución 8-106/2013 por la cual se otorgó a la entidad recurrente factibilidad para el desarrollo del uso "Salón de fiestas" en los inmuebles en cuestión, con los siguientes condicionantes:
No ampliar la actividad ni la superficie destinada para la misma por sobre lo estipulado en la solicitud.
Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada so pena de clausura automática
Cumplimiento de la Ordenanza 10.480
La factibilidad se extiende por un plazo de cuatro (4) años
Que a fs 119 el sindicato solicita renovar la factibilidad otorgada por dicha Resolución, atento que la misma se encuentra vencida.
Que a fs. 134 el Departamento Habilitaciones Comerciales informa que no se han recibido denuncias por el desarrollo de la actividad y no se verifico ampliación de superficie.
Que a fs. 135 el Departamento Saneamiento Ambiental informa que no ha recibido denuncias durante el desarrollo de la actividad, ni en el horario habitual de funcionamiento de ese Departamento, ni a través de la Guardia Ambiental.
Que a fs 156 la Dirección General de Planificación y Desarrollo Urbano considera que corresponde renovar la factibilidad solicitada en iguales condiciones a la otorgada por Resolución 8-106/2013,
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades;
RESUELVE
PRIMERO: Otorgar factibilidad al Sindicato Argentino de Trabajadores de la Industria Fideera S.A.T.I.F de Bahía Blanca, para el desarrollo del uso "Salón de fiestas" en los inmuebles identificados catastralmente como: Circ. I - Secc. D - Mz 289 - Parcelas 19, 20 y 23 - Partidas 19189, 15806 y 7956, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente y a los antecedentes obrantes en el expediente 0/00-5083/2007.-
SEGUNDO: La factibilidad autorizada en el artículo PRIMERO se otorga por un plazo de cuatro (4) años condicionada a:
No ampliar la actividad ni la superficie destinada para la misma por sobre lo estipulado en la solicitud.
Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada so pena de clausura automática
Cumplimiento de la Ordenanza 10.480
TERCERO: Cúmplase, dése al R.O. notifíquese al Sindicato Argentino de Trabajadores de la Industria Fideera S.A.T.I.F de Bahía Blanca remitiéndosele copia debidamente autenticada de la presente, tomen nota a sus efectos los Departamentos Planeamiento Urbano, Departamento Territorial, Departamento Habilitaciones Industriales y Nocturnidad, Saneamiento Ambiental y demás dependencia correspondan.-