Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº102

Resolución Nº 102

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 12/03/2021

Vista la nota elevada por el Departamento de Administración del Personal a fs. 1, mediante el cual informa que se ha detectado, que en el parte diario de la Delegación Noroeste no se encuentran cargadas las ausencias del agente TRONCOSO LUIS EDUARDO, Legajo Nº 11602, solicitando informe y regularización de la situación del mencionado y;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 13 la Delegación Noroeste informa que el agente TRONCOSO LUIS EDUARDO, Legajo Nº 11602, no asiste a trabajar desde hace aproximadamente diez (10) años.

Que a fs.14  la Dirección General de Técnica Jurídica solicita que el Departamento de Administración del Personal eleve informe complementario detallando cual ha sido sido la situación/modo de registro y/o fichado de asistencias del agente Troncoso, precisando y acompañando planillas horarias de ingreso y egreso, licencias, carpetas médicas, situación de revista, etc. 

Que a fs. 15 y 16 detalla la información solicitada con respecto al agente TRONCOSO LUIS EDUARDO, Legajo Nº 11602, adjuntado de fs. 17 a 41 copia de planillas de partes diarios aprobados por su dependencia, informe del Servicio de Reconocimientos Médicos y actos resolutivos que incumben a dicho agente.

Que a fs. 42 la Dirección General de Técnica Jurídica solicita, que se realice un informe pormenorizado respecto de la situación laboral actual del agente Troncoso y detallando cuestiones que se considere pertinentes.   

Que a fs. 43 el Departamento de Administración del Personal informa que el agente nombrado al día de la fecha no tiene registradas la carga en el parte diario de sus ausencias, desde su dependencia Delegación Noroeste.

Que a fs. 47 la Delegación Noroeste informa que el agente TRONCOSO LUIS EDUARDO, Legajo Nº 11602, desde el 18/04/2017, durante el año 2020 y lo transcurrido del 2021 se encuentra sin asistir a su lugar de trabajo, aclarando que no pueden realizar la carga de años anteriores porque el sistema de Intranet de Personal no lo permite.

Que a fs. 49/50 y 50 vta., obra dictamen de la Dirección de Técnica Jurídica, dell que surge que de confirmarse las ausencias sin justificar la administración deberá intimar al agente a reintegrarse a su puesto de trabajo dentro de las 24 hs de notificado, bajo apercibimiento de considerarlo incurso en abandono de servicio sin causa justificada en los términos del art. 69 inc. d).3 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales (Ordenanza Nº 18.601) y que de ser así cabría disponer la iniciación de un sumario administrativo para realizar la conducta endilgada a Troncoso.

Que a fs. 51 el Departamento de Administración del Personal informa que Troncoso cobro los haberes del mes de Febrero, que con fecha 17 de febrero de 2021 desde la Delegación Noroeste se procedió a la carga en el parte diario del agente, de las ausencias sin justificar desde el 1 de Enero del 2020 al 17 de Febrero del 2021. Informa además que las ausencias sin justificar del año en curso serán descontadas y las ausencias del 2020 no se descontaron al haber sido cargadas desde su dependencia el día 17 de Febrero del 2021, adjuntado copias de lo detallado de fs.52 a 54.

Que el informe de la División de Salud Laboral a fs. 56 informa que desde el día 17/04/2017 el agente TRONCOSO LUIS EDUARDO, Legajo Nº 11602, no presentó documentación.

Que habiéndosele intimado mediante Carta Documento obrante a fs. 57, a reintegrarse a su puesto laboral en un plazo de 24 hs. a partir de su notificación, que el seguimiento de Correo Argentino a fs. 58 detalla que se encuentra entregado con fecha 10/03/2021.

Que Delegación Noroeste a fs.59 informa que el agente Troncoso no se ha presentado en su lugar de trabajo a la fecha 12/03/2021.-

Que por expediente Nº 230-158-2021 Alcance 1º se tramita el inicio de una investigación presumarial, a los fines de investigar y dilucidar si existen comprometidas responsabilidades de agentes municipales, ya sea por acción y/o omisión (de control), en relación a la situación informada por el Departamento Administración de Personal del agente Troncoso Luis Eduardo, Legajo 11602, dependiente de la Delegación Noroeste.

Por todo lo expuesto, correspondiendo dictar resolución ordenando la sustanciación de un sumario administrativo a los efectos de deslindar responsabilidades, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades, 

RESUELVE

Artículo 1º : Dispóngase el inicio de una investigación sumarial al agente TRONCOSO LUIS EDUARDO, Legajo Nº 11602, dependiente de la Delegación Municipal Noroeste, por incurrir en ausencias continuas sin justificar a su puesto laboral desde el día 18/04/2017 hasta el día de la fecha; a los efectos de deslindar responsabilidades, en un todo de acuerdo al Régimen Disciplinario regulado en el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales aprobado por ordenanza 18.601 (art.69 y sgtes).-

Artículo 2º: Designase a los Dres. Javier Casabone y María Isabel Santiago como Instructores Sumariantes, quienes podrán desempeñar el cargo de manera conjunta y/o indistinta.- 

Artículo 3º: Cúmplase, notifiquese al agente TRONCOSO, legajo 11602 mediante cédula de Notificación, dese al R.O. y gírese a la Dirección General Técnica Jurídica, Oficina de Sumarios.- 

DSU.-