Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 94
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 09/03/2021
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fojas 1, por la Sociedad de Fomento Bº Millamapu, Matricula en Personería Jurídica N.º 16350 C.U.I.T.: N.º 30-70922369-4, por la cual solicita exención en el pago de la deuda por obra de Desagües Cloacales, respecto de la Partida Nº 0118270, correspondiente al inmueble de propiedad de la mencionada asociación y;
CONSIDERANDO:
Que a fs.18 la Dirección de Servicio Social informa que la Sociedad de Fomento de Bº MILLAMAPU, se encuentra inscripta en este municipio como Entidad de Bien Público bajo el N.º 225, dictada en expediente 0-8624-2011, dejando constancia que cumple con la documentación exigida mediante ordenanza nros. 9181 y 9305.
Que de fs. 19 a 30 el área de Personas Jurídicas de este municipio, adjunta documentación de balance y memoria de la mencionada.
Que a fs.30 la División de Consorcios – Obras Básicas adjunta copia de Ordenanza Nº13118.
Que el Departamento Catastro a fojas 32, informa que la partida tiene como titular la Sede de la Sociedad de Fomento Millamapu, adjuntando planillas de datos catastrales y planimetria del sector con croquis de ubicación.
Que el Articulo 1º de la Ordenanza N.º 13118 establece que “Eximase del pago de las Obras Públicas de Infraestructura municipal en sus distintas modalidades de ejecución a las entidades fomentistas que estén inscriptas en Personería Jurídica y con reconocimiento como entidad de bien público para los inmuebles de su propiedad y en los que funcione su sede social y/o estén destinados a los fines especifico de la misma”;
Que de lo informado por la oficina de Personas Jurídicas de fojas 19 a 32, surge que la SOCIEDAD DE FOMENTO BARRIO MILLAMAPU, se encuentra inscripta con Personería Jurídica, de Entidad de Bien Público, vigente y cumpliendo de acuerdo a los dispuesto por la Ordenanza Nº 9.181 y su modificatoria la Ordenanza Nº 9.305;
Por todo lo expuesto, y en virtud de lo informado por la División de Consorcios y Obras Básicas a fojas 36 y 37, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º): Exímese a la Partida Inmobiliaria N° 0118270, propiedad de la SOCIEDAD DE FOMENTO DE BARRIO MILLAMAPU, del pago de obras de Desagües Cloacales, mediante Licitación Pública tramitada por expediente 417R-2432-2017, que asciende al monto de PESOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($ 22.677,63), de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la Ordenanza N.º 13118, y a los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 2°): Cúmplase, dése al RO, tome nota División de Consorcios y Obras Básicas y Secretaria de Economía respecto al pedido de eximición de la Tasa Municipal; hecho, ARCHÍVESE.
DSU.-