Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1109

Decreto Nº 1109

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 28/05/2021

VISTO la Solicitud de Pedido Nº 2591 originada en la Secretaría de Salud, con el objeto de prestar el servicio de enfermería por la situación epidemiológica actual de la enfermedad COVID-19 (nuevo Coronavirus) a efectos de cubrir la demanda en Centros Respiratorios y UCMA (Unidades de Cuidados Mínimos Ambulatorios) de atención 24 horas, y Unidades Satélites dependientes de la Secretaria de Salud, y 

    CONSIDERANDO que frente a la carencia de suficiente personal idóneo con disponibilidad horaria, que posea el titulo habilitante y los antecedentes que lo avalen, todos ellos necesarios para prestar el servicio que tiene por objeto el suministro de referencia, es que a fs. 4 de las presentes actuaciones consta la solicitud del Subsecretario de gestión y economía de la Salud, por lo que a fs. 5 se encuentra la declaración de incompetencia para llevar a cabo las tareas requeridas;

         Que de acuerdo a lo expresado se solicita la contratación de Santiago Luis Turr Ravera DNI 24.765.160, siendo la misma elegida mediante un proceso de selección según consta a fs. 7, por lo que a fs. 8 se encuentra la Solicitud del Secretario de Salud,  antecedentes adjuntos de fs. 9 a 27, y su Declaración Jurada a fs. 28.

         Por todo lo expuesto, el INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA, en uso de sus facultades.

                                                            DECRETA 

ARTICULO 1°) - Declarar la incompetencia en la órbita de la Secretaría de Salud, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, por no contar con disponibilidad de enfermeras que cuenten con la previa formación para realizar tareas propias de su actividad para pacientes con trastornos respiratorios.

ARTICULO 2°) Aprobar el contrato de Santiago Luis Turr Ravera DNI 24.765.160, para la  prestación del servicio de enfermería, con destino al cumplimiento de su actividad en lo atinente a controles de stock, provisión de insumos, controles y diagnostico de pacientes, auditoria y carga de datos en HCE y SISALUD, coordinación de traslados, atención telefónica, EPP y capacitaciones; a efectos de cubrir la demanda en Centros Respiratorios y UCMA (Unidades de Cuidados Mínimos Ambulatorios) de atención 24 horas, y Unidades Satélites dependientes de la Secretaria de Salud; por un total de 600 horas de servicio correspondiendo un monto por hora de pesos trescientos treinta ($330), siendo un total de pesos ciento noventa y ocho mil ($198.000,00), a partir del 1 de Junio de 2021 y hasta el 31 de Agosto de 2021, pudiendo percibir pagos parciales, en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

ARTICULO 3°): Encomendar al Subsecretario de Salud, el control de la efectiva prestación del servicio contratado.

ARTICULO 4°): Cúmplase. Notifíquese. Dese al R.O. Tome nota a sus efectos al Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaria de Salud; hecho: ARCHIVESE.