Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1281

Decreto Nº 1281

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 23/06/2021

Vistos estos actuados por los que tramita el llamado a Licitación Privada Nº 416R-2387-2021 para la ejecución de la obra  “REFACCIÓN CUBIERTA, ASCENSOR Y TANQUE DE AGUA EN E.S. Nº 15"; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 468 obra el acta de apertura del llamado a Licitación a Privada Nº 416R-2387-2021, cuyas propuestas han sido presentada por la Empresa PROBRAS S.R.L. que cotizó por un monto de $ 2.491.284.42, lo que significa una rebaja del 1,468% con respecto al Presupuesto Oficial y la empresa DAWSE INGENIERÍA S.R.L., que cotizó por un monto de $2.521.100 lo que significa una rebaja del 0.29 % con respecto al Presupuesto Oficial.

Que a fs. 471 se encuentra el informe del Departamento Proyectos y Obras, mediante el cual expresa que la oferta más económica y conveniente corresponde a la empresa PROBRAS S.R., por lo que sugiere su adjudicación por un monto de $ 2.491.284.42.

Que el Departamento Compras y el Departamento de Registro de Licitadores, no formulan observaciones de acuerdo a lo expuesto a fs. 471/472.

Que por todo lo expuesto, y teniendo en cuenta la presente obra se ha cargado a Sistema RAFAM, según consta Solicitud de Pedido Nº 416R-2387-2021, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

DECRETA

ARTICULO 1°: Adjudiquese a la empresa PROBRAS S.R.L. la obra “REFACCIÓN CUBIERTA, ASCENSOR Y TANQUE DE AGUA EN E.S. Nº 15", expediente Nº 416R-1974-2021, por un monto de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 2.491.284.42)con un Anticipo Financiero del 20% de acuerdo a su propuesta obrante de fojas 147 a fojas 157.-

ARTICULO 2°: El gasto originado deberá imputarse a la Partida Fuente 132, Categoría Prog. 62.01.00, Jurisdicción 1110105000, Gasto 5.4.6.0, del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTICULO 3°: Hágase saber a la Empresa adjudicataria que, dentro de los diez (10) días a partir de la fecha de su notificación, deberá presentar la garantía de contrato y el Aval por el Anticipo Financiero debidamente legalizada, y concurrir a firmar el mismo, advirtiéndosele que en caso de incumplimiento se adoptarán las medidas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.-

ARTICULO 4°: Cúmplase; dése al R.O.; con nota de estilo notifíquese a la Empresa adjudicataria, procédase a la devolución de las garantías de oferta a las empresas oferentes; tomen conocimiento el Departamento Compras para confeccionar la correspondiente Orden de Compra, el Departamento Proyectos y Obras y el Registro de Licitadores.-