Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1223
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 15/06/2021
Visto las presentes actuaciones, referidas a la adquisición de concreto asfáltico en caliente, para ser utilizado por la Planta de Asfalto Municipal, solicitado por el Departamento de Logística y Mantenimiento Urbano, dependiente de la Secretaría de Infraestructura, y;
CONSIDERANDO:
Que, se efectuó la correspondiente Licitación Privada, recibiéndose las propuestas económicas de tres (3) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las cinco (5) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación;
Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”;
Que, el Subdirector de Bacheo y Planta de Asfalto, sugiere a fs. 147 se adjudique a la firma Carreteras 2000 S.A, por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones técnicas solicitadas, por ello, atento a la comparativa de ofertas obrante a fojas 145, y en virtud de lo sugerido por el Departamento Compras a fojas 149, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
DECRETA
ARTICULO 1º)- Adjudícase a la firma CARRETERAS 2000 S.A (Proveedor Nº 5.208), la provisión de concreto asfáltico elaboración en caliente, para ser utilizado por la Planta de Asfalto Municipal, por mejor oferta económica y por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SEIS MIL OCHOCIENTOS ($4.006.800.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente expediente.
ARTICULO 2º)- Déjase constancia que el agente municipal Bayer Javier, Legajo Nº 14.933, será el responsable de la recepción y control del material a ser adquirido, en un todo en concordancia a lo establecido por el Artículo 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades
ARTICULO 3º)- Cúmplase, dése al R.O., tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVESE.-