Boletines/Vicente López

Decreto Nº1927/21

Decreto Nº 1927/21

Vicente López, 17/05/2021

Referencia: EXPTE - 4119-002891/2020

Visto

El segundo llamado a Licitación Privada N° 13 dispuesto por Decreto Nº 709/21 para la contratación del “SERVICIO DE HEMODIALISIS, con destino a cubrir las necesidades del año 2021 del Hospital Dr. Bernardo Houssay dependiente de la Secretaria de Salud”, y

Considerando

Que conforme surge del acta de apertura de ofertas de fs. 283/4 se ha presentado un único oferente.

Que la dependencia solicitante se ha expedido en relación a la procedencia de la única oferta presentada, realizando análisis de rigor, como así el resultado de la compulsa realizada, sugiriendo la adjudicación a la firma Fresenius Medical Care Argentina S.A. por $ 5.287.620,00.

Que asimismo, se desprende de ese informe de fs. 287 y 289 la ratificación de la necesidad e importancia para esta administración de contar con el servicio.

Lo aconsejado por la Comisión Permanente de Licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 292.

Es por ello que EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma FRESENIUS MEDICAL CARE ARGENTINA SA, por un monto total de Pesos cinco millones doscientos ochenta y siete mil seiscientos veinte ($5.287.620,00), el “SERVICIO DE HEMODIALISIS, con destino a cubrir las necesidades del año 2021 del Hospital Dr. Bernardo Houssay dependiente de la Secretaria de Salud”, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Art.156 Inc. 5 de la L.O.M., al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y a la planilla de detalle de preadjudicación obrante a fs. 292.

Artículo 2º.- La suma de Pesos cinco millones doscientos ochenta y siete mil seiscientos veinte ($5.287.620,00), se encuentra registrada en las Solicitudes de Gastos Nros. 1-24 y 1-2274, obrantes a fs. 30 y 290 respectivamente. 

Artículo 3º.- La firma adjudicataria deberá presentar en la Dirección de Tesorería, en concepto de garantía de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma conforme lo establece el artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 5º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Dirección Gral. de Contaduría, Dirección de Compras y Licitaciones y Dirección de Tesorería) y de Salud.

Artículo 6º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

Fdo: Macri- Alvarez- Scarsi