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Ordenanza Nº5364

Ordenanza Nº 5364

Bragado, 07/05/2021

VISTO: Ante la necesidad de adquisición y financiamiento de equipamiento y herramientas de patrimonio municipal, es que el Departamento Ejecutivo solicita la autorización para suscribir  una operación de leasing con el Banco BICE; y CONSIDERANDO: Que, el Municipio se encuentra en la necesidad de incorporar maquinaria para traslado de pacientes, recolección de residuos, inspecciones y la logística de servicios urbanos; Que, dichos bienes son necesarios para el mejoramiento continuo en la prestación de los servicios públicos; Que, el estado de la situación económica-financiera del Municipio, representada por los ingresos previstos en concepto de recursos propios u ordinarios y la deuda consolidada, permite realizar una proyección que posibilita el endeudamiento municipal y consecuentemente, la solicitud de una operación de Leasing para incorporar las unidades mencionadas; Que, resulta conveniente a los intereses municipales la toma del crédito mediante la modalidad de leasing con el Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A.; Que, dentro de los requisitos a los fines del otorgamiento de la financiación pertinente, se requiere copia certificada y legalizada de la Ordenanza aprobada por el  Honorable Concejo de la Municipalidad de Bragado, por la cual se autoriza al Departamento  Ejecutivo Municipal a contraer el mismo y a la constitución de las garantías pertinentes y su correspondiente promulgación por decreto; Que, corresponde al Concejo Deliberante legislar al respecto; POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 5364/21

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°.-  AUTORIZAR al Sr. Intendente Municipal, Héctor Vicente Gatica, DNI.  Nº11.970.172 y/o al Secretario de Hacienda y Producción, Sr. Gustavo Hernán Ripari, DNI Nº 23.373.130, a tramitar ante el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A., una o   más operaciones de leasing para el arrendamiento con opción a compra de: -una ambulancia UTIM  -dos camionetas utilitarias furgón -un minibús capacidad mínima 19 pasajeros -un compactador de carga trasera -un camión para compactador -una camioneta Pick Up -una pala cargadora. Por hasta la suma máxima de Pesos Cuarenta y Cinco Millones ($ 45.000.000) sin incluir IVA, cediendo en garantía para eventual aplicación al pago en caso de mora, los fondos provenientes del Régimen de Coparticipación Provincial de Impuestos que le corresponden al Municipio.-  ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR a concretar la operación consignada en el Artículo 1º en base a las condiciones que establezca el Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A., en cuanto a la moneda de la operación, plazo, amortización e intereses, tasa de interés, garantías, comisiones y gastos administrativos de la operación.-  ARTÍCULO 3°: FACULTAR al Sr. Intendente Municipal a afectar y/o ceder los fondos consignados en el Artículo 1°, para garantizar el cumplimiento de la operación de leasing, durante el plazo de vigencia del contrato objeto de la presente más seguros y aforos si fuera el caso.- ARTÍCULO 4°: FACULTAR al Sr. Intendente Municipal y/o al Sr. Secretario de Hacienda y Finanzas para la firma del contrato de leasing y demás documentos relacionados con la operatoria.-  ARTÍCULO 5°: CÚMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.-