Boletines/Bragado
Ordenanza Nº 5351
Bragado, 07/05/2021
VISTO: El Expediente Nº 2335-27524/2007 iniciado por el Departamento de Registración y Publicidad del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, por el cual se incorpora al dominio de la Municipalidad de Bragado un inmueble de propiedad de la Provincia de Buenos Aires; y CONSIDERANDO: Que, a través del Expediente mencionado el Departamento de Registración y Publicidad pone en conocimiento a la Dirección de Inmuebles del Estado dependiente del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, de la necesidad de traspasar la titularidad de dominio de un inmueble de propiedad provincial a favor del Municipio de Bragado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º del Decreto-Ley Nº 9533/80; Que, mediante el Plano de Mensura y Subdivisión 12-108-52, el titular dominial cedió a favor de la Provincia de Buenos Aires el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción XII, Sección B, Quinta 5, Parcela 1, Partida Inmobiliaria Nº 012-19812, e inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires bajo la Matrícula Nº 6656 del Partido de Bragado (012), ello en conformidad con lo establecido en el Decreto-Ley Nº 8912/77; Que, de conformidad al plano de mensura mencionado el lote a ceder se encuentra afectado como “Reserva Fiscal de Uso Público”; Que, el Decreto-Ley Nº 8912/77, en su artículo 56 exige a todo propietario de un predio ceder gratuitamente a favor del Estado provincial una fracción de terreno con destino a reserva de uso público, en oportunidad de crear un nuevo núcleo urbano; Que, por su parte el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 9533/80 dispone que las reservas de uso público que hubiesen sido cedidas a la Provincia en cumplimiento del Decreto-Ley Nº 8912/77, constituyen bienes del dominio municipal; Que, conforme el artículo 6º del Decreto-Ley Nº 9533/80 se faculta al Ministerio de Economía para que de oficio instrumente las medidas necesarias para incorporar al dominio Municipal los bienes que esa Ley le atribuye y cuya cesión o inscripción constare a nombre de la Provincia; Que, el Ministerio de Economía por medio de la Resolución 63 de fecha 23 de Mayo de 2013 declaró incorporado al dominio de la Municipalidad de Bragado en los términos de los artículos 2º y 6º del Decreto-Ley Nº 9533/80 el inmueble ubicado en jurisdicción del Partido de Bragado e identificado catastralmente como Circunscripción XII, Sección B, Quinta 5, Parcela 1, inscripto en la Matrícula Nº 6656 (012); Que, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires remitió el Expediente Nº 2335-27524/2007 a la Municipalidad de Bragado a fines de que el Municipio realice la aceptación del bien inmueble cedido por la Provincia; Que, el art. 57º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, prescribe que es facultad del Departamento Deliberativo, la aceptación de donaciones o legados ofrecidos a la Municipalidad; por todo ello POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 5351/21
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- ACEPTAR la cesión efectuada por el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, de un lote de terreno de su propiedad afectado como reserva fiscal de uso público y designado catastralmente como: CIRCUNSCRIPCION XII; SECCION B; QUINTA 5; PARCELA 1; según plano de Mensura y División Nº 12-108-52; PARTIDA INMOBILIARIA Nº 012-19812, e inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires bajo la Matrícula Nº 6656 del Partido de Bragado (012), ello en conformidad con lo establecido en los artículos 2º y 6º del Decreto-Ley Nº 9533/80.- ARTICULO 2º CÚMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.-