Boletines/Bragado
Decreto Nº 631
Bragado, 07/05/2021
Visto
VISTO: La aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante de la Ordenanza N° 5353/21 referente a Adherir el Municipio de Bragado, en lo que resulta de su competencia, a la Ley Provincial Nº 15.276, que crea el “Programa de Formación para la Transversalidad de la Perspectiva Ambiental en la Política Pública”, sancionada el día 4 de marzo de 2021, mediante la cual se establece la capacitación obligatoria en ambiente y desarrollo sustentable para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Provincia de Buenos Aires; y
Considerando
CONSIDERANDO: Las facultades conferidas por el articulo 108 inc 2° de la Ley Orgánica de Municipalidades; Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A
ARTICULO 1°.- PROMULGAR la Ordenanza Nº 5353/21 referente a Adherir el Municipio de Bragado, en lo que resulta de su competencia, a la Ley Provincial Nº 15.276, que crea el “Programa de Formación para la Transversalidad de la Perspectiva Ambiental en la Política Pública”, sancionada el día 4 de marzo de 2021, mediante la cual se establece la capacitación obligatoria en ambiente y desarrollo sustentable para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 2°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Y Personal. H.V.GATICA. M. TOMASINO. ARTICULO 3°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.