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Decreto Nº620

Decreto Nº 620

Bragado, 06/05/2021

Visto

VISTO: El marco normativo de la Ley N° 6769/58 “Orgánica de las Municipalidades”; Le Ley 14.656 Marco de relación de empleo público Municipal; La Ordenanza Municipal N° 4770/16; y,

Considerando

CONSIDERANDO: Que tal como lo prevé el artículo primero de la Ley N° 6769/58 “Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires”, la administración local de los Partidos de la Provincia, respecto del Departamento Ejecutivo es desempeñado por un ciudadano con el título de Intendente; Que de conformidad con lo previsto en el artículo quinto del mismo cuerpo normativo el día 10 de diciembre de 2019, el Sr. Intendente Municipal Héctor Vicente Gatica ha tomado legalmente posesión de su cargo; Que el mismo cuerpo normativo, en su capítulo IV, articulo N° 107, establece que es competencia del Poder Ejecutivo la Administración General de la Municipalidad. Asimismo, en el artículo sucesivo, inciso 9, detalla dentro de las atribuciones del Intendente las de nombrar, aplicar medidas disciplinarias y disponer cesantías de los empleados del departamento Ejecutivo, con arreglo a las leyes y ordenanzas sobre estabilidad del personal; Que de conformidad con lo previsto por la Ordenanza Municipal N° 4770/2016,los empleados municipales podrán gozar de una licencia a los efectos de llevar adelante la atención de un familiar enfermo, que conforme sea el diagnóstico médico podrá extenderse por veinte días; Que a esos efectos, el Sr. Pardo, Roberto, con fecha 1 de abril de 2021, ha presentado por ante la Directora de Personal, el debido certificado médico donde consta dicha necesidad y de donde surgen los motivos que dan fundamento a tal requerimiento; Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A

ARTICULO 1º.- OTORGAR UNA LICENCIA ESPECIAL al agente municipal, Sr. Pardo, Roberto, D.N.I. Nº 20.032.812, – Legajo N° 1504, con goce íntegro de haberes, a partir del día 1 de abril de 2021 y por el término de 60 días, dentro de los términos previstos en el artículo 61° de la Ordenanza N° 4770/2016. ARTICULO 2º.- Refrendado por el Sr.  Secretario de Gobierno Y Personal. H.V.GATICA. M. TOMASINO. ARTICULO 3°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.