Boletines/Tres de Febrero
Decreto Nº 18/17
Tres de Febrero, 06/01/2017
Visto
La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, durante la Segunda Sesión de Prorroga del día 22 de diciembre de 2016, Ref/ a Rempadronamiento de Establecimientos Comerciales, Industriales, Educacionales, Asistenciales, Recreativos y de Servicios; y
Considerando
Lo informado en el expediente del epígrafe por la Subsecretaria Legal, Tecnica y Administrativa;
EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Promulguese la Ordenanza determinada en el Visto, mediante la cual se establece el Rempadronamiento de los establecimientos industriales, educacionales, asistenciales, recreativos y de servicios, ubicados dentro de ejido del Partido de Tres de Febrero, por un plazo de doce (12) meses a partir de la fecha de reglamentación de la misma, prorrogable por única vez por un plazo de seis (6) meses por parte del Departamento Ejecutivo.-
ARTICULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda y por la Señora Secretaria de Desarrollo Económico.-
ARTICULO 3º.- Regístrese, publíquese, pase a todos sus efectos a la Subsecretaria Legal, Tecnica y Administrativa, Dirección Legal y Tecnica, Secretaria de Desarrollo Económico y demás Secretarias.-