Boletines/Tres de Febrero
Decreto Nº 52/17
Tres de Febrero, 24/01/2017
Visto
El presente expediente relacionado con la situación de revista del Sr. Rodrigo Cesar Bau (Legajo 10240), el artículo 103 inciso a), articulo 108 y cc de la ley 14656 y la ordenanza N° 3178 que aprueba el estatuto básico para el personal Municipal de Tres de Febrero, y;
Considerando
Que el Sr. Rodrigo Cesar Bau (legajo 10240), presto servicios en la Secretaria de Deportes, dentro del régimen Escalafonario Municipal Grupo “C” de Grado 2;
Que el informe del Secretario de Deportes, el Sr. Alfredo Oscar Graciani se desprende que las inasistencias del agente se sucedieron en forma regular y continua desde Julio de 2016;
Que dicho informe pone en conocimiento expresamente que el Sr. Bau “solicito su licencia anual ordinaria correspondiente al año 2015. Iniciando la misma el día 13/06/2016 hasta el 19/07/2016 inclusive. El día 07 de Julio el agente antes mencionado presento ante esta secretaria una nota solicitando una licencia sin goce de sueldo alegando que no puede cumplir con sus tareas laborales dado que tiene que atender requerimientos de un familiar directo con enfermedad oncológica. Dicha solicitud fue denegada por rezones de servicio bajo memo N° 255. Debió retomar sus funciones el día 20/07/2016 pero al día de la fecha no se ha presentado en su puesto de trabajo”;
Que encuentra agregada nota de fecha 07/07/2016 presentada por el agente en cuestión, solicitando licencia sin goce de sueldo del 11/07/2016 al 11/12/2016 con el fin de acompañar a su hermana quien padeciera enfermedad oncológica;
Que los informes del Secretario de Deportes rechazan la solicitud de licencia por razones de servicio médico, debiendo el agente presentarse en su puesto de trabajo los días y horarios establecidos;
Que en tal sentido, el trabajador incumplió con una de las obligaciones principales de la relación laboral con este Municipio, conforme Articulo 12 del Estatuto Básico para el Personal Municipal del Partido de Tres de Febrero y Artículo 103 inciso a) de la Ley 14.656, los cuales establecen: “(…) a) Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal. (…)”;
Que se intimó al agente municipal mediante Carta Documento N° 44653474, a que se apersonara en su lugar de trabajo y horario de trabajo habitual bajo apercibimiento de decretar su cesantía;
Que pese a la intimación cursada, el agente municipal no se presentó a regularizar su situación laboral ante el Área de Coordinación de Recursos Humanos, como así tampoco se apersonó en su puesto de trabajo;
Que la Ley 14.656 estableció en el artículo 108 que “el trabajador que incurra en cinco (5) inasistencias consecutivas, sin previo aviso, será considerado incurso en abandono de cargo. Se lo intimara para que se reintegre a sus tareas dentro del término de un (1) día hábil subsiguiente al de la notificación y si no se presentare, vencido el plazo, se decretara su cesantía, salvo cuando pudiere justificar valedera y suficientemente la causa que hubiere imposibilitado la respectiva comunicación.”;
Que este Municipio cumplió con todos los recaudos previstos por la norma mencionada intimando al agente a que retomara sus tareas por carta documento por Carta Documento, sin embargo, a la fecha no lo hizo;
Que por todo lo expuesto, corresponde hacer efectivo el apercibimiento consecuentemente decretar su cesantía en los términos del artículo 108 de la Ley 14.656;
Que ha tomado intervención la Subsecretaria de Legal y Técnica de la Municipalidad de Tres de Febrero.
Por ello en virtud de las facultadas otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades,
EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO DECRETA
ARTICULO 1°. – Decrétese la cesantía al agente Rodrigo Cesar Bau, Legajo 10240, por haber incurrido en abandono de trabajo.
ARTICULO 2°. – El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda.
ARTICULO 3°. – Regístrese. Pase al Área de Coordinación de Recursos Humanos para notificación del causante y gírese a todos sus efectos a la Secretaria de Hacienda para la liquidación final que corresponda. Cumplido, archívese.