Boletines/Tres de Febrero
Decreto Nº 41/17
Tres de Febrero, 20/01/2017
Visto
La ley orgánica de las municipalidades aprobada por Decreto Ley N° 6769/58, la Ley 6065 y las modificaciones introducidas por la Ley 6231 y el expediente 4117-19001-17 y;
Considerando
Que a través del expediente del Visto se propicia la inscripción, a nombre del Municipio de Tres de Febrero de la parcela identificada catastralmente como Circunscripción IV- Sección J- Fracción 34- Parcela 11, partida inmobiliaria 117-034655-2;
Que por ley 6065 se estableció en el artículo 1°, la creación del Partido de Tres de Febrero con tierras pertenecientes al partido de General San Martin, siendo su cabecera el pueblo de caseros.
Que la citada ley con las modificaciones introducidas por la ley 6231 determina en su artículo 3° que se declaran bienes municipales del Partido Tres de Febrero los establecidos en su inc. A) Los bienes inmuebles y semovientes de la Municipalidad de General San Martin que al 1° de septiembre de 1959 se encontraren afectados a la prestación de servicios municipales en jurisdicción del mismo, operándose la transferencia el 31 de diciembre del mismo año;
Que por su parte el inc. B) también declara como bienes municipales del partido de Tres de Febrero los bienes inmuebles de la Municipalidad de General San Martin que se encuentren en jurisdicción del Nuevo partido, estén o no afectados a la prestación de servicios de carácter municipal;
Que de acuerdo a los planos de manzana, cedula catastral e inscripción de dominio el bien se encuentra alcanzado en lo dispuesto precedentemente;
Que por lo reseñado corresponde el dictado del acto administrativo declarando la incorporación al patrimonio municipal del bien inmueble identificado catastralmente como circunscripción IV- Sección J- Fracción 34- Parcela 11 del Partido de Tres de Febrero, inscripto al Folio 822 del año 1942 del Partido de Gral. San Martin y la inscripción del dominio ante la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad;
Que ha tomado intervención la Subsecretaria Legal, Técnica y Administrativa;
Por ello en virtud de las facultades otorgadas por la Ley orgánica de las Municipalidades;
EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO DECRETA
ARTICULO 1°. - Declárese incorporado al patrimonio municipal el bien inmueble identificado catastralmente como circunscripción IV- Sección J- Fracción 34- Parcela 11 del Partido de Tres de Febrero (117), inscripto al folio 822 del año 1942 del Partido de Gral. San Martin, por los motivos expuestos en los considerandos del presente.
ARTICULO 2°. - Remítanse las actuaciones y la documentación complementaria pertinente a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad a fin de requerir la inscripción del dominio respecto del inmueble descriptos en el artículo 1° a nombre del Municipio de Tres de Febrero.
ARTICULO 3°. - El presente Decreto es refrendado por el Sr. Secretario de Desarrollo Urbano y el Sr. Secretario de Hacienda.
ARTICULO 4°. - Regístrese, notifíquese, comuníquese, gírese a la Secretaria de Hacienda (dirección de Catastro) cumplido, archívese.